Amalina Assaf, abogada defensora de Bussi dijo que con la liberación de Vargas Aginasse se terminó la vinculación del ejército, basándose en aspectos técnicos. “La Fiscalía no pudo probar quién secuestró a Vargas Aignasse ese día”, aseguró.
Además dijo que Bussi es inocente porque “el fiscal no pudo demostrar el nexo causal del secuestro”.
En su alegato Amalina dijo que "Todos los pasos del senador, desde el 24 de marzo hasta el 5 de abril de 1976, tanto en la Policía como en Villa Urquiza, están debidamente asentados y registrados, incluidas su firma y la de Pedro Rubio, cuando toman conocimiento de que el 5 de abril, a las 20, iba a ser puestos en libertad".
La Fiscalía no pudo probar quién secuestró a Vargas Aignasse ese día. Tampoco en qué terminó la relación entre mi defendido y el senador”, se pronunció Assaf.
Para argumentar su postura utilizó como ejemplo “el conocido enfrentamiento que Vargas Aignasse mantenía con compañeros de su propio bloque legislativo, como lo reconoció la propia esposa de la víctima (Marta Cárdenas)", aseguró.
Luego, la defensora leyó el
diario de sesiones de la Cámara de Senadores de Tucumán
de esa época, para corroborar los supuestos enfrentamientos de
Vargas Aignasse con "las Fuerzas Armadas
Revolucionarias
Peronistas (Farp) y con nacionalistas".
La defensora, que abonó la tesis de que Vargas Aignasse fue secuestrado el 5 de abril de 1976 por desconocidos mientras era trasladado en una camioneta por dos guardiacárceles (iban desarmados), subrayó que "no debe sorprender que la liberación se haya cumplido en horas de la noche, porque era habitual".
Assaf recalcó que "la información que (Vargas Aignasse) había dado al Ejército era suficiente para que lo liberaran" y agregó que "las carpetas que él tenía eran de importancia, quizás, para la Policía, pero no para el Ejército".
El día en que brindó su testimonio en el juicio oral la esposa del ex senador refirió que, tras haber sido llevado la madrugada del golpe de Estado del 76, Vargas Aignasse regresó con la Policía al otro día a su casa, ocasión en la que le dijo a ella que buscara unas carpetas.
La defensora cuestionó las
contradicciones del testigo Juan Palavecino, sindicalista que aseguró
haber visto con vida a Vargas Aignasse el 6 de abril de 1976 en la
Brigada de Investigaciones de
la Policía "con signos
de haber sido torturado", razón por la que solicitó
que sea investigado "por falso testimonio y por encubrimiento".
La tesis de que Vargas Aignasse
sufrió un segundo secuestro, el 5 de abril del 76, cuando
supuestamente iba a ser liberado, antes había sido calificada
de pantomima por el fiscal Alfredo
Terraf, para quien fue "una
mentira para disimular que luego lo habían seguido torturando
en el Departamento de Educación Física de la
Universidad Nacional de Tucumán".
Luego, a la hora de la
calificación jurídica, Assaf argumentó que, si
bien los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, no eran
aplicables al caso, como había dicho el fiscal, porque "la
Argentina no cumplió con los compromisos internacionales
que adquirió para adaptarlos a la legislación
nacional".
Las normas por las cuales se adhirió a dichos pactos (la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa humanidad, sobre genocidio y sobre desaparición forzada de personas) sólo reproducen el contenido de las normas, pero faltan la tipificación y la previsión de la pena", dijo Assaf.
La defensora insistió en que, si se aplicaran dichas convenciones, se violaría "el principio de legalidad previsto por el artículo 18 de la Constitución (nadie puede ser penado sino en virtud de una ley), así como el derecho humano fundamental a la seguridad jurídica".
En forma subsidiaria y para el
caso de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal finalmente
condenara a Bussi, el codefensor Adolfo Bertini solicitó que
no se modificara el régimen de la
detención
domiciliaria del que actualmente goza el ex gobernador y teniendo en
cuenta que el fiscal requirió que la eventual pena sea
cumplida -por el ex represor- en la cárcel de Villa Urquiza.
Bertini se basó en las conclusiones de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que aprobó "las 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas consideradas en situación de vulnerabilidad, entre las que se encuentran los adultos mayores cuando se ven limitados en el ejercicio de sus derechos".
El codefensor también invocó la Ley 24.660, que permite la detención domiciliaria para el caso de quienes tienen más de 70 años o padecen problemas de salud (Bussi tiene 82 años y sufre padecimientos cardíacos).
Antes de que expresara sus alegatos
Assaf, hubo en el recinto una polémica cuando Bussi pidió
el uso de la palabra y aseveró que en 1987 Terraf le había
solicitado a Bandera Blanca (Bussi actuaba
por ese partido) los
votos para que en el Colegio Electoral fuera ungido gobernador el
radical Rubén Chebaia (finalmente resultó ungido el
peronista José Domato).
"El rogaba y negociaba mis electores para que lo hicieran a favor de sus jefes políticos de turno. Yo lo rechacé de plano, porque jamás voy a vulnerar la voluntad popular. Este pedigüeño de yer es el vengativo de hoy", espetó el militar retirado.
Terraf retrucó que el juicio no era contra él, sino contra Bussi, y aclaró que en 1987, en su carácter de vicepresidente de la UCR y "con mucha honra", se había limitado a "pedir que se espetara la voluntad popular (Chebaia era el candidato que más votos había obtenido), pero Bussi no estaba acostumbrado a hacerlo, como no lo hizo el 24 de marzo de 1976".
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