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El Colegio de Abogados fue beneficiado por el fallo
Camara fotoAMPLIAREl Colegio de Abogados fue beneficiado por el fallo
05/02/2008 - Poder Judicial

La Justicia declaró la nulidad de varios artículos de la Constitución Reformada

La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo dio a conocer la resolución en torno a la causa impulsada por el Colegio de Abogados contra disposiciones de la Constitución sancionada en 2006, especialmente aquellas relacionadas a los órganos que se encargan de la selección y remoción de los jueces.

El presidente del Colegio de Abogados pronosticó que se deberá armonizar las cláusulas de la Constitución del 2006.

Los plazos se vencieron y finalmente ayer, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo falló en contra del Poder Ejecutivo y a favor del Colegio de Abogados de Tucumán. Los vocales Rodolfo Novillo y Carlos Giovanello dejaron sin efecto la integración del Consejo Asesor de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento, asentado en la nueva Carta Magna.

La entidad colegiada había cuestionado la mayoría del poder político en ambos institutos, además de la mayoría diferencial exigida para que se proceda a la remoción de gobernador y del vicegobernador. “Este no es un asunto del Colegio de Abogados, sino de todos los tucumanos. Estamos convencidos que la Cámara fallará coherentemente y consideramos que se deben agotar todas las instancias a fin de que la sociedad esté segura qué leyes la amparan”, dijo Antonio Bustamante.

El presidente del Colegio de Abogados pronosticó que, en caso de dejar sin efecto lo aprobado por los Convencionales Constituyentes, se deberá armonizar las cláusulas de la Constitución del 2006. “Nosotros hemos propuesto soluciones en este sentido”, explicó el letrado.

María Celia Narha 


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