Así lo resolvió el Juez Federal Daniel Bejas, en el marco de la causa sobre el Centro Clandestino de Detención del ex arsenal Miguel de Azcuénaga. La medida también alcanza a Alberto Luis Cattaneo y Albino Mario Alberto Zimmermann. El magistrado ordenó la prisión preventiva para todos y embargos millonarios para cada uno de ellos.
Fueron procesados por violación de domicilio, por torturas seguidas de muerte, por desaparición forzada de personas, por homicidio calificado, por autores directos del delito de homicidio calificado, en el marco del delito de Genocidio y del delito de asociación ilícita agravada.
El Juez Federal, subrogante, Daniel Bejas resolvió ayer procesar a Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez por el delito de genocidio y la desaparición de más de 60 personas durante la última dictadura militar, en el marco de las investigaciones sobre el Centro Clandestino de Detención que funcionó en el ex Arsenales “Miguel de Azcuénaga”.
Bussi y Menéndez están procesados en una decena de causas y es la primera vez que les imputan el delito de genocidio, previsto en los tratados internacionales, suscriptos por la Argentina y que tienen rango constitucional desde 1994.
La medida alcanza a otros dos militares; Alberto Luis Cattaneo y Albino Mario Alberto ZimmermanEl magistrado imputó al ex gobernador de facto (1976 y 1977), a Menéndez y a Albino Zimmerman (ex jefe de la policía tucumana), de los delitos de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, desaparición forzada de personas y asociación ilícita.
Los delitos fueron realizados contra Cesar Gustavo Campopiano, Luis Adolfo Holmquist, Ana Cristina Corral, Pedro Rondoletto, María Cenador de Rondoletto, Silvia Margarita Rondoletto, Jorge Osvaldo Rondoletto, Azucena Bermejo de Rondoletto, José Horacio Díaz Saravia, Teresa Mercedes Guerrero de Díaz Saravia, Félix Viterbo Corbalán, María Teresa Sánche de la Vega, Ana María Sosa, Anbel Vicente Manfredi, María Isabel Jiménez de Soldatti, Augusto Andrés González, en un largo listado entre los que figuran trabajadores azucareros, profesionales, comerciantes, educadores y dirigentes sindicales.
Bejas también ordenó, la traba de embargos por 65 millones de pesos en el caso de Bussi, y de 64 millones de pesos en los de Menéndez, Zimmerman y Alberto Luis Cattáneo, por ser considerados “autores directos del delito de homicidio calificado en perjucio de Luis Eduardo Falú en los términos del artículo 80 del Código Penal.
"Las prácticas aberrantes realizadas contra los detenidos por parte de agentes públicos amparados en la vigencia del terrorismo de Estado configuran apremios ilegales, con padecimientos psíquicos y morales. Existió un plan criminal. Cada 15 días ejecutaban prisioneros, que habrían sido más de 1.000 en el ex arsenal", dice Bejas en la resolución.
Isauro Martínez
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