Ayer el Senado aprobó por unanimidad la derogación del Código de Justicia Militar. De esta manera lo que los miembros de las Fuerzas Armadas deberán someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal y no ante tribunales especiales, como actualmente sucedía. Nilda Garré fue la principal impulsora del proyecto.
La ley comenzará a regir seis meses después de su promulgación, para implementar durante ese período un "programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación".
El proyecto elaborado por el Poder
Ejecutivo, obtuvo media sanción de la Cámara de
Diputados en noviembre pasado, al contar con el apoyo de más
de 160 diputados y el rechazo de sólo dos miembros.
La
ministra de Defensa, Nilda Garré, principal impulsora del
proyecto, llegó al recinto cuando se inició el
tratamiento y permaneció atenta a los discursos hasta su
aprobación.
La mayoría de los discursos estuvo
referida a aspectos técnicos de la ley y a la importancia de
haber avanzado en la derogación de "un código
obsoleto y anacrónico", como lo calificó la
presidenta de la comisión de defensa, la oficialista María
Perceval.
Recordó que "el contexto histórico
institucional no permitió que se aprobara una modificación
propuesta por el presidente Raúl radical Alfonsín a
tres días de asumir su gestión".
Entre sus
puntos principales, el proyecto establece que los miembros de las
Fuerzas Armadas deben someterse a la Justicia ordinaria ante
cualquier delito contemplado en el Código Penal y que éstos
puedan apelar las sanciones militares ante la Justicia Federal.
También crea un "Procedimiento Penal Militar para
tiempos de guerra" y un código disciplinario que suprime
el castigo por homosexualidad y pena como faltas la discriminación
y el acoso sexual.
La ley comenzará a regir seis meses
después de su promulgación, para implementar durante
ese período un "programa de divulgación y
capacitación sobre su contenido y aplicación".
Su aprobación significará el fin para los
tribunales especiales para militares y la eliminación del
único ordenamiento jurídico que todavía sostiene
la pena de muerte.
El proyecto también contempla un
"Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra y otros
conflictos armados" y un nuevo Código de Disciplina para
las Fuerzas Armadas.
Dice que ante cualquier delito común
los militares deberán someterse a la Justicia Federal y que
pueden apelar ante esos mismos tribunales federales las sanciones
disciplinarias.
Para formalizar esto, se realizan
modificaciones a varios artículos del Código Penal y
del Código Procesal Penal. La eliminación del Código
Militar también dejará sin vigencia la sanción a
la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas y sancionará
al militar que efectuare un requerimiento de carácter sexual
para sí o para terceros, bajo la amenaza de causar a la
víctima un daño relacionado con el servicio o su
carrera.
Si el acoso sexual es realizado por un superior, el
delito y la sanción será aún más grave.
Se prohibirán los actos o manifestaciones que de
alguna forma discriminen a cierto grupo de personas y se condenará
la acción de realizar campañas de hostigamiento
personal o grupal o la de afectar la dignidad personal, provocar
burlas o humillaciones.
Estas conductas serán
consideradas por el nuevo sistema disciplinario como faltas graves;
mientras que se rotularon como gravísimas a quienes ordenen la
realización de actos contrarios a la Constitución
nacional, las leyes o los reglamentos militares.
Una falta
leve tendrá una sanción que va desde un apercibimiento
hasta cinco días de arresto o una multa de hasta diez días
de sueldo; en tanto que una falta grave aumentaría la pena a
sesenta días de arresto o una multa equivalente a treinta días
de sueldo. Las gravísimas, en tanto, se castigarán con
la destitución.
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