Lo solicitaron los abogados de la víctima, quien es querellante en el juicio. El pedido de la máxima pena prevista para los delitos imputados recayó sobre Osvaldo Rivas y María Cristina Gomez Pinto, y sobre el militar Enrique Berthier.
Maria Eugenia Sampallo Barragán fue arrebatada a sus padres secuestrados y desaparecidos poco después de nacer, en febrero de 1978, y entregada con una partida de nacimiento adulterada por el médico militar Julo César Cáceres Monié, ya fallecido.
Los abogados de María Eugenia Sampallo Barragán, la hija de
desaparecidos que durante la dictadura fue robada siendo bebé y que
querelló a sus apropiadores para que rindan cuentas ante la Justicia, pidieron hoy una pena de 25 años de prisión para los tres acusados de ese delito.
Los
abogados Matías Ojea Quintana y Elizabet Gómez Alcorta reclamaron "la
máxima pena prevista en el caso mas extremo" para el capitán de
ejército Enrique Berthier y la ex pareja integrada por Osvaldo Rivas y
María Cristina Gómez Pinto.
"Que a la verdad que permitió la
restitución de la identidad se sume ahora la justicia", reclamaron los
letrados al cerrar tres horas de alegato coronadas por un aplauso de la
concurrencia, en su mayoría jóvenes de la agrupación HIJOS que
acompañan a la querellante.
Maria Eugenia Sampallo Barragán
fue arrebatada a sus padres secuestrados y desaparecidos poco después
de nacer, en febrero de 1978, y entregada con una partida de nacimiento
adulterada por el médico militar Julo César Cáceres Monier, ya
fallecido.
La pareja Rivas-Gómez Pinto inscribió a la nena
como hija biológica, pese a que no ignoraban su origen dado que les fue
entregada, según admitió la mujer en su primera eclaración, por el
militar Berthier, entonces un teniente primero participante del
terrorismo de Estado.
La chica recuperó su identidad
plenamente en 2003 cuando se corroboró por vía de estudios de ADN su
filiación respecto de Leonardo Sampallo y Mirta Barragán, dos
militantes sindicales de izquierda platenses.
Para ambos, la
querella pidió que respondan por los delitos de retención y
ocultamiento de la identidad de la chica, y por la falsificación de
documento público en tres ocasiones, dado que usaron un certificado de
nacimiento "trucho" para obtener una partida de nacimiento y un DNI
también falsos.
Toda esta maniobra se perpetró "con el
objetivo de alejar a la joven de sus origen, de su identidad y de su
verdadera familia", resaltaron los abogados querellantes.
En
torno a Berthier, la querella pidió que se lo considere responsable de
la retención de la beba y como partícipe necesario de la falsificación
de la documentación.
Los tres imputados no pudieron en cambio
ser acusados del delito de la sustracción inicial ya que, pese a los
años de investigación de las Abuelas de Plaza de Mayo y luego del
juzgado federal de Maria Servini de Cubría, no pudo establecerse con
certeza el modo en que se consumó ese robo.
Respecto del
militar, los querellantes destacaron que "sabe mucho y no dicen nada",
dado que negó su participación en el hecho pese a que vecinos del
edificio de los apropiadores testificaron haber recibido de la mujer la
confirmación verbal de que fue él quien la entregó.
El robo de
bebés tiene en la escala penal la máxima punición luego de la sanción
de la ley 24.4410 de 1994 y en el derecho internacional se lo considera
un delito de lesa humanidad imprescriptible cuando se comete en el
marco de una persecución política o racial.
Tan es así, que al
sancionarse en 1986/87 las leyes de Punto Final y Obediencia Debida,
que establecieron el fin de la responsabilidad penal de los represores,
quedaron expresamente exceptuados el robo de bebés.
Las
Abuelas de Plaza de Mayo estiman que unas quinientas criaturas nacidas
en cautiverio con sus madres fueron entregadas por los militares a
otros represores o gente de confianza.
De ese total, hasta el
momento han sido "recuperadas" por su familias de sangre 87, una de la
cuales, Victoria Donda Pérez, nacida en la ESMA, fue electa diputada
nacional el año pasado y hoy estuvo en la audiencia junto a otros hijos
de desaparecidos.
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