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02/03/2008 - Empresas

El Banco Central lanzó medidas para aumentar el crédito a largo plazo

La entidad informó que modificó las normas sobre capitales mínimos de las entidades financieras, para facilitar el "acceso al fondeo y al capital necesario para el otorgamiento de prestamos al sector privado. Todo lo que hay que saber.

De este modo, la autoridad monetaria extendió el alcance de las colocaciones a otras modalidades de instrumentación de pasivos subordinados (tales como préstamos, líneas de crédito del exterior, etc).

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó este domingo que modificó las normas sobre capitales mínimos de las entidades financieras, para facilitar el "acceso al fondeo y al capital necesario para el otorgamiento de créditos a largo plazo al sector privado".

En ese sentido, el directorio del BCRA resolvió admitir en el cómputo del capital regulatorio de las entidades, a las obligaciones negociables subordinadas, colocadas tanto bajo el régimen de oferta pública, como también de forma privada.

De este modo, la autoridad monetaria extendió el alcance de las colocaciones a otras modalidades de instrumentación de pasivos subordinados (tales como préstamos, líneas de crédito del exterior, etc).

"La admisión de otras variantes de colocación e instrumentación de estas deudas permite incrementar las posibilidades y el interés de las entidades financieras de contraer este tipo de endeudamiento, facilitando el acceso al fondeo y al capital necesario para el otorgamiento de créditos a largo plazo", explicó el BCRA a través de un comunicado.

La autoridad monetaria destacó que los pasivos subordinados de largo plazo de las entidades financieras se consideran como parte integrante -hasta determinadas proporciones- de su capital regulatorio, "conforme a los estándares internacionales y los marcos normativos de los países más avanzados".

Ello se debe, indicó, a que "sólo tienen prelación de cobro respecto de los accionistas de las entidades financieras, y no son exigibles en el corto plazo (no antes de los cinco años, con un cómputo decreciente en el capital regulatorio, conforme se acerca la fecha de vencimiento contractual)", en función de la capacidad de absorber pérdidas que poseen los pasivos de estas características.

La medida, concluyó el BCRA, "se complementa con otras disposiciones que esta institución ha venido adoptando en pos de extender el plazo de los créditos al sector privado no financiero, tales como el swap de tasas de interés, bonos híbridos, y otras".


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