04/05/2007 - Derechos Humanos
El Procurador de la Nación dictaminó que el indulto de Menem a un represor es inconstitucional
"La persecución y en su caso sanción de los crímenes de lesa humanidad se ha erigido en obligación internacional", advirtió Esteban Righi en un dictamen de 26 carillas. Se trata del perdón presidencial que benefició a Santiago Omar Riveros en 1989, quien está acusado por delitos de lesa humanidad. La Corte Suprema de Justicia quedó ya en condiciones de pronunciarse sobre el tema.
"Al momento del dictado de los indultos éstos eran inconstitucionales", entendió Righi.
El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, dictaminó hoy que el indulto presidencial que benefició al ex represor Santiago Omar Riveros en 1989 es inconstitucional y debe ser anulado.
"La persecución y en su caso sanción de los crímenes de lesa humanidad se ha erigido en obligación internacional", advirtió Righi en un dictamen de 26 carillas al que accedió Télam.
En el texto presentado hoy ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Righi entendió que el decreto 1002/89 firmado por el ex presidente Carlos Menem a favor del entonces procesado Riveros violó la Constitución Nacional.
Si bien su opinión no es vinculante para los ministros de la Corte, el dictamen del Procurador era el último paso que esperaba el máximo tribunal para pronunciarse sobre el tema, algo que ocurriría de manera inminente.
"Lo único vedado a los Estados es el dictado de leyes o de cualquier otra disposición (lo cual incluye los indultos) con la finalidad de impedir la investigación y la eventual sanción de las graves violaciones de derechos humanos (crímenes de lesa humanidad)", agregó Righi.
Los crímenes "fueron llevados a cabo por la conducción", es decir, "la cúpula de la organización política que debe procurar la existencia pacífica", opinó.
El caso Riveros, imputado en la ex causa 85 que se tramitaba en la justicia federal de San Martín, sentará precedente para todos los demás procesados por violaciones a los derechos humanos en la última dictadura militar, indultados por Menem.
"Al momento del dictado de los indultos éstos eran inconstitucionales", entendió Righi.
Además, la decisión fue contraria al artículo 29 de la Constitución que "impide todo acto de amnistía, perdón y exención de responsabilidad de los delitos que suponen la concesión o arrogación de la suma del poder público", agregó.
"Con posterioridad a la expedición de la gracia presidencial (6 de octubre de 1989) se produjo una evolución en punto a la conciencia jurídica universal, cuyas consecuencias constriñen al Estado Argentino", consideró
Righi se refirió al Poder Judicial, obligado a "revisar y eventualmente modificar anteriores decisiones en la materia, so pena de incurrir en responsabilidad internacional".
Riveros estaba acusado de homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad y torturas cometidas en centros clandestinos de detención y fue denunciado por organismos de derechos humanos.
Su caso fue emblemático porque la justicia de primera instancia de ese partido bonaerense declaró inconstitucional el indulto pero ese fallo fue revocado por la Cámara Federal de San Martín, que validó el perdón presidencial.
Esta sentencia llegó a la Cámara Nacional de Casación penal, que volvió a declarar inconstitucional el indulto y así el caso pasó a la Corte Suprema.
Otro tema a analizar por la Corte será el de los condenados indultados por Menem, como los ex dictadores Jorge Rafael Videla y Emilio Massera.
Sus indultos fueron declarados inconstitucionales la semana pasada por la Cámara Federal, un fallo que se descuenta llegará al máximo tribunal del país.