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24/10/2007 - Situación en General

La Nación declaró la emergencia agropecuaria en 14 departamentos de Tucumán

La medida fue dispuesta por los ministerios de Interior y Economía. Beneficiará a los productores de tabaco, soja, maíz, hortalizas, frutillares, caña de azúcar y pasturas que perdieron sus cultivos por las adversidades climáticas.

Los beneficiarios no abonarán impuestos hasta marzo del año que viene.

 

El Gobierno Nacional dispuso la emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, en 14 departamentos de Tucumán, por la magnitud de los daños que provocaron intensas lluvias registradas este año, así como fuertes tornados.

La medida se conoció mediante la resolución conjunta 272 y 54/2007, difundida con la firma de los ministros de Interior y de Economía, Aníbal Fernández y Miguel Peirano, respectivamente.

Entre los considerandos generales, la normativa oficial puntualiza que esas adversidades climáticas determinaron cuantiosas pérdidas en cultivos de tabaco, soja, maíz, hortalizas, frutillares, caña de azúcar y pasturas.

Asimismo la resolución precisa que los departamentos declarados en emergencia agropecuaria o estado de desastre son los de Río Chico, Juan Bautista Alberdi, La Cocha, Graneros, Leales, Chicligasta, Simoca, Burruyacú, Cruz Alta, Monteros, Faimaillá, Lules, Yerba Buena, además de las localidades de San Felipe, Los Aguirre y Bajo La Pólvora, del departamento de Capital.

Para acogerse a los beneficios de exenciones impositivas, que regirán desde el 20 de marzo de este año hasta el 19 del mismo mes de 2008, los productores perjudicados deberán presentar los certificados extendidos por las autoridades competentes de cada región provincial.

En esa documentación deberá constar que los predios a cargo de los agricultores o chacareros, así como la totalidad de las explotaciones -si ese fuera el caso- se encuentran comprendidos en las exigencias de la Ley de Emergencia vigente, para que los productores sean eximidos del pago de los tributos correspondientes, durante el plazo establecido.

Además, los propietarios de campos en esas condiciones deberán ir comunicando los cambios que se produzcan en las explotaciones, a medida que vaya disminuyendo el nivel de las aguas, así como la potencial evolución de sus producciones, destaca la reglamentación oficial. 


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