La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), mediante la resolución 1667, publicada en el Boletín Oficial el organismo de contralor deberá dar cumplimiento del derecho de las personas discapacitadas a viajar en forma gratuita en el transporte público de pasajeros.
La medida se adoptó frente a la comprobación de que frecuentemente estas personasven frustrado su derecho al viaje gratuito en virtud de diferentes conductas antirreglamentarias desarrolladas por las empresas transportistas.
Para ello, y mediante la resolución 1667/08, publicada ayer en el Boletín Oficial, la CNRT modificó el Manual de Procedimientos correspondientes al Proceso de Admisión de Denuncias e Infracciones, Instrucción Sumarial y Cobranza de Multas y Deudas del Servicio de Autotransporte de Pasajeros y Carga.
El Estado nacional se comprometió a garantizar la accesibilidad al transporte de personas con discapacidad y a sensibilizar a la sociedad respecto de sus necesidades y derechos, al ratificar e incorporar a la legislación nacional la Convención Internacional sobre los Derechos de Personas con Discapacidad.
Por esa razón, se crea el formulario de acta de constatación a los efectos de la fiscalización y sanción de las conductas infractoras a las normativas vigentes en materia de discapacidades.
Asimismo se faculta a la CNRT a realizar procedimientos para verificar el efectivo cumplimiento de la franquicia de viaje gratuito para personas con discapacidad acreditada de acuerdo al artículo 20 de la Ley 22431. (Télam).
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