La iniciativa que el Gobierno se apresta a enviar al Congreso atenderá lo pedido por la Corte Suprema en una sentencia del 26 agosto de 2006 referido al caso del jubilado Alfredo Badaro.
El tribunal había ordenado a la ANSES aplicar la evolución del Índice de Salarios elaborado por el INDEC para proceder al ajuste.
Este último fallo del 26 de noviembre pasado dispuso además -en forma
específica para el caso Badaro- la "inconstitucionalidad" del artículo
7 inciso 2 de la ley 24.463 (de Solidaridad Previsional).
Esa
norma, dictada durante la gestión de Domingo Cavallo en el Ministerio
de Economía, fijaba la movilidad de las prestaciones a lo que
"anualmente determine la Ley de Presupuesto".
La Corte, en
noviembre, dispuso que "la prestación del actor se ajuste, a partir del
11 de enero de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2006, según las
variaciones anuales del índice de salarios, nivel general", elaborado
por el INDEC, que en ese período se incrementó en 87,5%.
El
máximo tribunal ordenó asimismo a la ANSES, hace casi doce meses, "que
abone el nuevo haber y las retroactividades que surjan de la
liquidación" practicada para el jubilado Badaro.
En su
presentación original, Badaro había reclamado ante el Juzgado Federal
de la Seguridad Social y ante la Cámara Federal de la Seguridad Social,
un ajuste de haberes, ya que se encontraban congelados desde 2001,
debido a que percibía más de mil pesos y no fue alcanzado por las subas
dispuestas por el Gobierno.
La Corte señaló entonces que "no
se ha demostrado en la causa la existencia de muy graves circunstancias
de orden económico o financiero" que impidan cumplir con el ajuste, "o
disponer, cuando menos, una recuperación sustancial del deterioro
sufrido por la prestación del actor".
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