La Cámara en lo Criminal Federal confirmó su orden de detención por el secuestro extorsivo de los empresarios Federico y Miguel Gutheim (padre e hijo), durante la última dictadura militar. Actualmente cumple prisión domiciliaria por el robo sistemático de bebés nacidos en centros de detención clandestina y en la causa sobre la "Operación Cóndor".
Los Gutheim, propietarios de una empresa textil, habían sido detenidos para ser obligados a cerrar un acuerdo comercial con Hong Kong.
El tribunal confirmó la decisión tomada en primera instancia por el
juez federal Norberto Oyarbide, instructor del sumario que también
involucra al ex ministro del interior Albano Harguindeguy y al ex
ministro de economía José Alfredo Martínez de Hoz.
Videla cumple
prisión domiciliaria ordenada en el sumario sobre el robo sistemático
de recién nacidos de mujeres cautivas en centros de detención
clandestina y en la causa sobre la "Operación Cóndor", como se denominó
al pacto entre dictaduras de Sudamérica para perseguir a opositores
políticos fuera del propio país.
La Sala II de la Cámara
desestimó el recurso del defensor de Videla, el abogado Alberto
Rodríguez Varela, y recordó que el delito que se le atribuye en esta
causa al ex comandante de la primera junta militar del período
1976-1983, están considerados como de "lesa humanidad".
Los
camaristas Horacio Cattani y Eduardo Freiler afirmaron que el monto de
la pena previsto para el delito imputado a Videla y la "objetiva
valoración de las características de los hechos y las condiciones
personales del imputado permiten sostener que (en libertad) intentará
eludir la acción de la justicia".
El tribunal recordó que en la
causa, iniciada en mayo de 1985 por la Fiscalía Nacional de
Investigaciones Administrativas, Videla fue procesado por el delito de
secuestro extorsivo, pero resultó indultado por el decreto 1002/89
durante la gestión presidencial de Carlos Menem.
Entonces Videla
fue sobreseído, pero "una vez que el Congreso de la Nación anuló las
llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida que habían impedido
continuar con las innumerables investigaciones iniciadas desde el
retorno de la democracia en nuestro país, se reabrieron progresivamente
todas aquellas causas que habían sido interrumpidas".
Los
Gutheim, propietarios de una empresa textil, habían sido detenidos para
ser obligados a cerrar un acuerdo comercial con Hong Kong.
Ambos
estuvieron privados de su libertad entre el 5 de noviembre de 1976 y el
6 de abril de 1977, lapso en el que fueron trasladados a varias
reuniones con empresarios de Hong Kong, con el objetivo de que llegaran
a un acuerdo relacionado con la venta de algodón.
Para impugnar
la orden de detención dictada por Oyarbide, el abogado defensor
argumentó que todavía no se encontraba firme la resolución que mandó
reabrir la causa, porque hay un recurso extraordinario en trámite ante
la Corte Suprema de justicia de la Nación.
Cattani y Freiler
admitieron el carácter "suspensivo" que tiene la interposición de un
recurso extraordinario, pero analizaron que, aplicarlo con respecto a
una prisión preventiva, sería desnaturalizar las razones para el
dictado de esa medida.
La Sala II consideró que los Gutheim
fueron víctimas del "terrorismo de Estado", que sufrió la población
argentina durante el período comprendido entre los años 1976 y 1983,
"avasallándose sus derechos durante su ilegítima detención, en la que
también se pretendió arrancarle medidas de neto corte comercial".
Para
ratificar la medida el tribunal evaluó que "reestablecida la democracia
se desarrollaron conductas que indefectiblemente se han orientado a la
obstrucción del descubrimiento de la verdad llevadas a cabo por
distintos medios y en diversas situaciones politico-sociales por
quienes resultaban eventualmente imputados".
Sobre tal punto,
Cattani y Freiler mencionaron la ley 22.924, conocida como de
"autoamnistía", dictada en 1982, antes de la restauración de la
democracia.
"Tambien debe valorarse -agregaron- la posibilidad
actual y cierta de obstaculizar la investigación a partir del entramado
de relaciones que el imputado tenía y puede seguir teniendo con
determinados círculos de poder".
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