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24/07/2008 - Juicios

La sentencia que condenó a Menéndez

La Justicia sentenció a prisión perpetua, revocó la prisión domiciliaria y ordenó la inmediata encarcelación del ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y a otros siete represores acusados de cometer crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar en la Perla.

De esta manera, el militar retirado cumplirá su condena en una cárcel común.

El Tribunal Federal Oral 1 condenó ayer, con severas penas y cárcel común, a Luciano Benjamín Menéndez y a otros siete represores por los delitos de "privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos y homicidio" de cuatro jóvenes militantes políticos en 1977 en Córdoba.

Los aspectos principales de la sentencia dictada por el Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por Jaime Díaz Gavier, Carlos Otero Alvarez y José Vicente Muscará, son los siguientes:

Se declara a Luciano Benjamín Menéndez como coautor responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público, agravada por el uso de violencia por la duración -más de un mes- y por haberse cometido para compeler a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo a lo que no estuviese obligada.

También por la imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima -cuatro hechos en concurso real- y homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes -cuatro hechos-.

Por tales delitos se le impone pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua, accesoria legales y costas; como consecuencia se le revoca la prisión domiciliaria y se ordena su inmediata detención en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba.

La prisión perpetua también alcanza a Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Ricardo Alberto Lardone, como coautores de iguales delitos imputados a Menéndez.

Hermes Oscar Rodríguez y Jorge Ezequiel Acosta fueron condenados a 22 años de prisión, y Carlos Alberto Vega a 18 años, como coautores mediatos en tres hechos por privación ilegítima de la libertad y cuatro hechos de imposición de tormentos con las mismas características impuestas para Menéndez, aunque ninguno de los tres fueron imputados por homicidio.

Todos los condenados serán trasladados al complejo penitenciario de Coger, ubicado a unos 18 kilómetros de la capital de Córdoba, ya que el tribunal resolvió revocar todos los beneficios de prisión domiciliaria y excarcelación que gozaban antes del juicio.

Por otra parte, el tribunal rechazó los ocho planteos que durante el debate habían formulado por los defensores de los imputados, como los casos de incompetencia del tribunal e inconstitucionalidad del juicio, entre otros.


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