A través del decreto n° 1231/2016, el gobernador Juan Manzur instituyó el nuevo reglamento de vacaciones para funcionarios que se desempeñan en niveles de conducción.
A partir de la nueva disposición, el gobernador, los ministros, el secretario General de la Gobernación, los secretarios de Estado, subsecretarios y funcionarios sometidos a disposiciones similares gozarán de quince (15) días hábiles de vacaciones por año calendario. Según determina la norma, las licencias deberán ser utilizadas durante el período al que corresponden y no podrán acumularse con otro ciclo o ser compensadas con un beneficio diferente.
De acuerdo con los fundamentos que determina la misma normativa, el régimen parte de que las funciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo “conllevan un cabal compromiso y total disponibilidad por la relevancia institucional de la actividad”, y de que el propósito y sentido natural de las vacaciones consiste en el efectivo goce de tal beneficio, a fin de que el funcionario pueda descansar de las tareas de conducción que habitualmente desempeña.
Esto implica una reparación psicofísica, personal y social; es por eso que, para configurar su propia finalidad, no puede ser compensado con otros beneficios.
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