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15/09/2015 - Constitucionalista

Barcesat: "Este obrar de la medida cautelar es una hipótesis de sedición según nuestra Constitución Nacional"

Así lo expreso el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, quien junto Jorge Cholvis, también referente del derecho, brindaron una conferencia de prensa en la sede del Partido Justicialista de Tucumán.

 Los especialistas plantearon la incongruencia de sostener una medida cautelar y al mismo tiempo finalizar el escrutinio definitivo sin proclamar un ganador.

"El Frente para la Victoria obtuvo una victoria contundente con el 52% de los votos positivos y hoy nos encontramos con una situación atípica donde luego de culminar el escrutinio definitivo se da a conocer una medida cautelar donde se impide declarar como ganadores a la fórmula Manzur - Jaldo", declaróMarcelo Caponio, apoderado del Frente para la Victoria de Tucumán.

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat indicó que, "la medida transgrede los límites del discurso normativo y es autocontradictoria ya que un Juez no puede disponer simultáneamente de proseguir con el recuento de votos y luego decir que no se pueden proclamar los candidatos que surgieron del conteo definitivo. La medida afecta el principio de Soberanía del pueblo de la Nación Argentina cuya expresión más genuina es participar de una elección mediante el sufragio".

"Este obrar de la medida cautelar es una hipótesis de sedición según nuestra Constitución Nacional de manera que quienes desconozcan los guarismos están cometiendo una conducta que lesiona la misma. Las cautelares se dictan por dos cuestiones: verosimilitud del derecho por el que se procede y por peligro en la demora; el Juez Camarista no explayó consideración dogmática sobre la verosimilitud y, es por ello, que hoy fue pulverizada por el resultado electivo y de ningún modo se puede mantener la medida", añadió Barcesat.

"Es una actitud elitista y aristocrática la de menospreciar el voto popular y nuestro desarrollo histórico como Nación demuestra ejemplos de este pensamiento retrogrado, como en el año 1823 cuando se quiso marginar el voto del trabajador y del soldado o la experiencia del golpe de Estado en 1955 cuando se trató de judicializar la política", comentó el letrado constitucionalista Jorge Cholvis.

Además destacó que, "la medida cautelar tiene que ser levantada por contradictoria ya que se consolidó una diferencia sustancial de una fórmula en relación a sus contrincantes".

Para finalizar Caponio sentenció que, "el Frente para la Victoria va a intervenir en el proceso Judicial a través de la revocación de la medida cautelar en el mismo fuero contencioso administrativo, mediante un Per Saltum o la acción de demanda por sedición". 

 


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