El máximo tribunal rechazó la presentación de legisladores opositores que habían pedido la “suspensión de la sentencia” que declaró la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Fuentes judiciales indicaron ayer que el máximo tribunal entendió que los legisladores “carecen de legitimación” para hacer pedidos ya que “no son parte en el expediente y no es esa la vía procesal”.
Los dirigentes opositores reclamaban que “se suspenda la ejecución de la sentencia recaída hasta tanto se verifiquen los presupuestos fijados por la Corte como requisitos para que en la República Argentina rijan las garantías de libertad de expresión y libertad de prensa, fundamentos necesarios del Estado de Derecho y del sistema democrático establecido por el artículo primero de la Constitución Nacional"
Reclamaban la suspensión de la sentencia hasta que "exista una autoridad de aplicación de la llamada ley de medios audiovisuales N° 26.522, que sea efectivamente “un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión”.
También querían que “se verifique la acción del Estado como garante de la libertad de expresión”, que garantice que “por la vía de subsidios, de reparto de la pauta oficial o de cualquier otro beneficio, los medios de comunicación (no) se conviertan en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas”.
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