N/D Obteniendo Informe del clima

Buscar
27/10/2013 - Tras los comicios

Qué deben hacer quienes no votaron

Las elecciones de ayer fueron obligatorias para para todos los ciudadanos mayores de 18 años y hasta los 70 años de edad, habiéndose incluido también a los mayores de 16 años que se hayan registrado oportunamente en el padrón electoral a continuación se detalla qué deben hacer quiene no pudieron sufragar.

Al igual que las PASO de agosto, las elecciones definitivas de ayer fueron Obligatorias para todos los ciudadanos mayores de 18 años y hasta los 70 años de edad, habiéndose incluido también a los mayores de 16 años que se hayan registrado oportunamente en el padrón electoral y figuren en el mismo. Por lo tanto, NO están obligados a votar: 

• Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros de distancia del lugar donde debieron votar y justificar que el alejamientos obedece a motivos razonables, debiendo presentarse en el día de la elección a la autoridad policial más cercana, la que extenderá una certificación escrita.

• Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Los certificados deberán ser emitidos por los médicos del servicio de sanidad nacional y en su defecto, por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en defecto de estos por médicos particulares.

• El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento realizaron tareas que le impidan asistir a los comicios.

• Los mayores de 70 años.

• Los mayores de 16 pero menores de 18 años que no se hayan inscripto para votar.

Qué pasa si no voté: 

Si no votaste, se aplicarán multas en dinero: será, en este caso de 100 pesos para quienes no voten 

También, y gracias a la creación del Registro de Infractores, todas las personas que debiendo votar no lo hayan hecho (y no hayan presentado la debida justificación), quedarán imposibilitadas de realizar trámites en la Administración Nacional por 1 año. Pudiendo extenderse a la Administración provincial y municipal que le corresponda a cada ciudadano. 

¿Cómo debo hacer si estoy a más de 500 kilómetros de distancia de mi lugar de votación? 

El mismo día de la elección –y no otro- debe ir hasta la comisaría más cercana y pedir que se le expida un certificado de distancia. Posteriormente tiene 60 días corridos a la elección para presentar el certificado ante la Justicia Electoral. 

¿Qué pasa si tengo que trabajar y no puedo salir a votar? 

En el caso de que tabajás a varios kilómetros de la zona en donde está empadronado, quedará justificada su infracción mediante un certificado que puede hacerle su empleador. El trámite para demostrar el motivo de su infracción ante la Justicia, es el mismo que si se encuentra a más de 500 kilómetros. (hacerlo ante autoridad policial).  


Identificación de Personas Desaparecidas

Si tenés un familiar victima de desaparición forzada y aun no diste tu muestra de sangre lo podés hacer ahora y ayuda a identificarlo.La toma de muestras son gratuitas, hechas por el Equipo Argentino de Antropología Forense dentro de la Iniciativa Latinoamericana para la Identificación de Personas Desaparecidas. Llama e 0800-333-2334, de lSec. DDHH Tuc. –Juzgados Federales 1 y 2 Tucumán.



Todos los derechos reservados Copyright 2007
Terminos y usos del sitio
Directorio Web de Argentina

Secciones
Portada del diario | Ediciones Anteriores | Deportes | Economia | Opinion|Policiales
Contactos
Publicidad en el diario | Redacción | Cartas al director| Staff

logo virtualnoa