Las personas que no hayan concurrido a votar en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto tienen el derecho y la obligación de hacerlo en las elecciones nacionales del próximo domingo.
Sin embargo, deberán justificar la no emisión del voto en las primarias. Quienes no lo hayan hecho ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente antes del 11 de octubre, serán pasibles de una multa de 50 pesos si no votaron en uno de los dos actos electorales, y de 150 pesos si no lo hicieron ni en las PASO ni en las elecciones nacionales.
Ademas el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.
El infractor tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
No necesitan la justificación los jueces y sus auxiliares que por disposición del Código Electoral deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial; quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y se presenten el día de la elección ante la autoridad policial más cercana, la que extenderá una certificación escrita.
Tampoco deben hacerlo los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto; el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio.
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