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10/04/2013 - País

Rige el procedimiento para objetar los pedidos de tenencia y portación de armas

El denominado Procedimiento de Participación Ciudadana por Oposición para la Autorización de Tenencia o Portación de Armas de Fuego quedó formalmente puesto en marcha ayer con la publicación de su mecanismo de funcionamiento en el Boletín Oficial.

De esta forma, a partir de ahora, cualquier ciudadano tendrá la posibilidad de objetar fundamentadamente que se le conceda la posibilidad de portar o poseer un arma a cualquier individuo, incluso a "funcionarios públicos civiles, de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Armadas".

Así lo determina la Resolución 373/2013 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicada en la edición de hoy del Boletín Oficial junto con un Anexo que establece los detalles del procedimiento.

Según este mecanismo, el Registro Nacional de Armas (RENAR) deberá publicar durante quince días en su página web "el nombre completo, el documento del solicitante y los datos de las armas correspondientes", tanto de las nuevas solicitudes de portación y tenencia de armas, como de las renovaciones.

Paralelamente, una vez por semana -los días viernes y, en el caso de que sea feriado, el día hábil siguiente- será publicado en el Boletín Oficial "el total de las solicitudes que se encuentren en condiciones de iniciar el procedimiento" de participación ciudadana en el trámite de tenencia y portación.

Durante las dos semanas en el que los nombres de los solicitantes se encuentren publicados en la web del RENAR, cualquier ciudadano tendrá la posibilidad de presentar oposiciones "de modo fundado y aportándose los medios de prueba correspondientes".

Para eso -prescribe la norma dictada por el Ministerio encabezado por Julio Alak- quienes deseen plantear objeciones deberán hacerlo por escrito, a través de un formulario que se encontrará a disposición en la web del RENAR y que deberá ser presentado "en la Mesa General de Entradas y Salidas del Registro Nacional de Armas, sus delegaciones o ante las oficinas que ese Registro disponga".

Luego, la Dirección Nacional del RENAR "evaluará las oposiciones efectuadas y determinará si corresponde la suspensión del procedimiento y, en caso de que la suspensión no proceda, resolverá la autorización o el rechazo de la tenencia o portación requeridas", señala el Anexo de la Resolución 373/2013.

Las denuncias de hechos de violencia, amenazas o intimidación que tengan como denunciado al solicitante de la tenencia o portación de armas, hayan o no sido denunciados ante las autoridades policiales o judiciales, serán causales de oposición, según determina la norma.

También lo serán los hechos de violencia intrafamiliar o de género que tengan como autor al solicitante, o "cualquier otro hecho o circunstancia que, por su gravedad, torne razonable que la autoridad competente tome debida intervención".

"El presente procedimiento será aplicable a todas las solicitudes de tenencia o portación armas de fuego sin excepción, incluidas las solicitudes de los funcionarios públicos civiles, de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Armadas", finaliza el texto de la norma.

"Resulta necesario introducir nuevas condiciones para que el legítimo usuario pueda obtener tanto la tenencia como la portación de armas de fuego, a efectos de aumentar el control y restringir la circulación de armas de uso civil", indica uno de los considerandos de la resolución del Ministerio de Justicia.

Por otro lado, toma en cuenta que "existen altos índices de hechos de violencia, amenazas e intimidación, que se encuentran probados en actuaciones judiciales en materia de Derecho de Familia, del Trabajo, Civiles, Comerciales, Administrativos y en procesos penales y que, aunque no haya fallo condenatorio, no son conocidos por el RENAR".

Además, precisa que "las portaciones desde el año 2003 a la fecha se han reducido en un 92 por ciento, en atención al carácter restrictivo que debe tener la portación de armas de fuego, ya que ello implica que una persona tenga un arma en condiciones de ser disparada en cualquier momento y lugar".

"El equilibrio entre un mayor control de armas de fuego y el otorgamiento de la tenencia en forma restringida, sumado a la concientización para el desarme de la sociedad civil, conlleva a una sociedad con menos armas y por lo tanto más segura", postula la Resolución de la cartera de Justicia.

La puesta en marcha de este Procedimiento de Participación Ciudadana por Oposición para la Autorización de Tenencia o Portación de Armas de Fuego había sido anunciada ayer en el marco de una conferencia de prensa por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak; el secretario de Justicia, Julián Alvarez, y el titular del organismo registral, Matías Molle.  

 


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