El gobernador José Alperovich criticó ayer al PRO debido a la acción judicial que promovió ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que terminó poniéndole freno a una ley que autorizaba al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) a realizar contrataciones directas de obras para la ejecución de un programa habitacional.
En diálogo con la prensa, durante una actividad oficial, el Mandatario tucumano sostuvo que como consecuencia de la demanda promovida por el PRO, a través del legislador Alberto Colombres Garmendia, “2000 personas quedaron sin trabajo y 1000 personas se quedaron sin casa”.
“Son palos en la rueda de la oposición, no es al Gobernador a quien perjudican, sino a la gente, en dar trabajo a la gente, la oposición no quiere que den trabajo, era una contratación directa para 10 empresas tucumanas”, lanzó Alperovich, quien a lo largo de su gestión vino esquivando las licitaciones públicas de manera sistemática, a pesar de que estas están contempladas en la Constitución Provincial.
El último lunes la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a una cautelar solicitada por el PRO y ordenó a la Provincia de Tucumán que "se abstenga de aplicar las disposiciones de la ley 8.541, bajo apercibimiento de desobediencia judicial y pasar las actuaciones a la justicia penal que por turno corresponda."
Según explicó Colombres Garmendia, "la norma en cuestión habilitaba al IPV a utilizar la modalidad de la contratación directa para la ejecución de mejoramientos y/o soluciones habitacionales en todo el territorio de la provincia, violando claramente el Art. 12 de la Constitución provincial".
Dicho artículo de la Carta Magna provincial establece que "Toda enajenación de bienes fiscales y cualquier otro contrato susceptible de licitación, deberá hacerse precisamente de esa forma, salvo el caso en que la Legislatura o la Municipalidad resolviesen lo contrario, por razones especiales reclamadas por el bien público".
En el caso en cuestión la Cámara en lo Contencioso Administrativo fundamentó su resolución sosteniendo que "... se advierte que el texto legal en crisis no invocaría las razones de excepción o singularidad que supone la autorización que se concede al IPVDU a utilizar aquel excepcional mecanismo de selección...".
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