El Gerente Regional Norte de ANSES, Raul Ferrazzano informó que los haberes devengados son los cobros pendientes que le hubieran correspondido al beneficiario hasta el fallecimiento.
El pago podrá realizarse a los herederos del causante únicamente en caso de no existir personas con derecho a pensión. En estos casos no se exige un juicio sucesorio, y el tope es de $1600, sumado al proporcional de aguinaldo que corresponda.
La solicitud del pago de los haberes devengados debe presentarse en cualquier delegación de la ANSES, y no debe superar los dos años del fallecimiento del causante. Para poder gestionarla, debe solicitar un turno mediante www.anses.gob.ar, debiendo sin excepción, contar previamente con sus datos personales acreditados en la base de la ANSES, incluyendo el código postal.
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