La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó ayer el rechazo a la recusación del camarista de la Seguridad Social Luis Herrero y advirtió sobre el "ejercicio masivo" de este recurso para apartar magistrados "sin causa" que "ocasiona múltiples perjuicios" a la marcha de los juicios iniciados por los jubilados.
El máximo tribunal del país dejó firme el fallo de la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que rechazó la recusación de Herrero, recusado "sin causa" por la ANSES en una causa iniciada en la justicia federal de Salta por reajuste de haberes con sentencia apelada, según el fallo suscripto ayer.
Los ministros advirtieron que con la medida se busca "agilizar" los juicios de jubilados y que "los pedidos de apartamiento realizados por ese organismo crean un problema institucional en un fuero abrumado por la litigiosidad". "La pretensión de la demandada de efectuar un ejercicio masivo del instituto de la recusación sin expresión de causa desnaturaliza los propósitos y fines para los que fue concebido y ocasiona múltiples perjuicios a los justiciables", expresó el fallo.
"Se configura así un abuso del proceso que los jueces no deben
tolerar", advirtió la Corte y consideró que el caso configura una
situación de "excepción" porque la ANSES manifestó en el recurso
extraordinario presentado en esa instancia su voluntad "de
extender la recusación a todos los pleitos en los que resultare sorteada
la sala II del fuero de la Seguridad Social".
Tras este anuncio, efectivamente se recusó al juez en
"163 expedientes en la primera semana y en miles de causas hasta la actualidad"
por lo cual lo ocurrido "podría exceder o desvirtuar los fines
previstos por el legislador procesal y hacer colisionar las normas
rituales con otros preceptos de rango constitucional", agregó el
tribunal.
"No puede desconocerse que recusar al doctor Herrero en la totalidad
de las causas sorteadas a la sala II, traería aparejado el vaciamiento de
la jurisdicción del magistrado, para cuyo ejercicio fue regularmente
designado y que debe desempeñar en tanto dure su buena conducta",
evaluó la Corte.
"Es indudable que el uso de la recusación, tal como lo plantea el organismo previsional, crea un problema institucional que no cabe minimizar, pues el fuero se encuentra abrumado por la litigiosidad y el efecto nocivo derivado de estos planteos afecta el apropiado fundamento del sistema de justicia, además de causar perjuicios a los demandantes en proceso en que se debaten cuestiones de naturaleza alimentaria", añadieron los jueces del tribunal.
Con esta decisión quedó firme la decisión de la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había rechazado la recusación sin causa de Herrero, miembro de esa sala.
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