Los inquilinos que se retrasen en el pago del alquiler de su vivienda en España, podrán ser desalojados pasados diez días, según un proyecto que hoy(viernes 24) se aprobaría en el Consejo de Ministros.
La ministra de Fomento, Ana Pastor, presentó el Anteproyecto de Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler, en favor de los dueños de los departamentos alquilados, quienes podrán expulsar de sus viviendas a los inquilinos sin realizar mayores trámites.
Anteriormente, el dueño se veía en la obligación de acudir a la Justicia cuando se encontraba ante un moroso, e incluso "el inquilino tenía la posibilidad de pagar en el último momento y evitar la ejecución", explicó en una conferencia de prensa la funcionaria española.
Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días desde que el arrendador acude al juzgado a presentar la denuncia para que el inquilino pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites", explicó la ministra durante la presentación de la polémica medida.
"Lo que se quiere es reducir el procedimiento tedioso que se tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar una resolución, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar aunque se le dé más plazo", señaló Pastor.
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