Varias organizaciones de mujeres y Derechos Humanos expresaron en un comunicado la preocupación por los proyectos de ley presentados en la legislatura de la provincia de Tucumán que “pretenden obstaculizar el acceso a abortos no punibles, vulnerando los derechos humanos de las mujeres”.
“Como organizaciones de la sociedad civil manifestamos nuestra preocupación por los proyectos de ley presentados en la legislatura de la provincia de Tucumán que pretenden obstaculizar el acceso a abortos no punibles, vulnerando los derechos humanos de las mujeres. Advertimos que avanzar en este sentido no sólo implica una regresión respecto del estándar legal constitucional previsto por el artículo 86 del Código Penal, sino que además haría incurrir al Estado Argentino en responsabilidad internacional y constituye violencia institucional”, expresaron en un comunicado diferente agrupaciones de mujeres y Derechos Humanos.
El Articulo 86 del Código Penal que data del año 1921 otorga el derecho de
acceso a la práctica de aborto en los casos en los que se encuentre en peligro
la vida o la salud de la mujer y en los casos de violación sexual.
“Advertimos que los proyectos de ley presentados por las/los legisladores/as
tucumanas/os, contravienen las normas de nuestra Constitución Nacional y de los
Tratados de Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional, y expresan
una voluntad contraria a las recomendaciones que distintos organismos
internacionales efectuaron al Estado Argentino en 2010”, opinaron.
En este sentido el Comité de la Convención de los Derechos del Niño, recomienda
al Estado Argentino: “(…) que adopte medidas urgentes para reducir la
mortalidad materna relacionada con el aborto, en particular velando por que la
profesión médica conozca y practique el aborto no punible, especialmente en el
caso de las niñas y mujeres víctimas de violación, sin intervención de los
tribunales y a petición de ellas (…)”.
Además, el Comité de la Convención Sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer instó al Estado Argentino
a“(…) asegurarse de que la “Guía Técnica para la Atención de los Abortos no
Punibles” se aplique en todo el país de manera uniforme de modo que exista un
acceso efectivo y en condiciones de igualdad a los servicios de salud para
interrumpir el embarazo (…)”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, como último intérprete de la
Constitución Nacional y garante de los derechos de las personas, en un reciente
pronunciamiento, aclaró los alcances del artículo 86 del Código Penal. Nuestro
máximo tribunal entendió que toda mujer tiene derecho a solicitar a un servicio
de salud la interrupción de su embarazo cuando éste sea producto de una
violación o ponga en peligro su vida o su salud, sin necesidad de requerir una
intervención judicial para efectivizar esta decisión. Determinó que desconocer
este derecho de la mujer y ponerle mayores barreras que las establecidas en la
ley, es ilegal y por lo mismo, susceptible de ser sancionado por vía penal y
administrativa.
A su vez recalcaron que “la legislatura de Tucumán no acompaña con una política
pública que respalde los derechos de las mujeres, en tal sentido, no adhirió a
la Ley Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, así como tampoco a la Ley
Nacional de Educación Sexual Integral. Por el contrario hoy pretende, a través
de estos proyectos, obstaculizar y vulnerar el ejercicio de derechos
constitucionalmente reconocidos a las mujeres”.
Organismos firmantes: Cladem (Comité de América Latina y El Caribe por la
Defensa de los Derechos de la Mujer). ADN (Acción por los Derechos del Noroeste).
Andhes (Abogados y Abogadas del Noroeste en Derechos Humanos y Estudios
Sociales). Cruzadas. Tucumán Diverso. Las Lilith. Abrojos - Colectivo de Educación Popular.
Club de Osos Tucumán. Federación Argentina LGBT. Campaña Interamericana por una
Convención por los Derechos Sexuales y Reproductivos. Campaña Nacional por el
derecho al aborto legal, seguro y gratuito.
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