La Cámara en lo Civil y Comercial Federal confirmó la medida que ordenó a una empresa de medicina prepaga a cubrir una intervención quirúrgica a una afiliada, de 71 años, que padece obesidad mórbida, indicaron fuentes judiciales.
La medida cautelar fue dictada ante la acción de amparo promovida por D.E.C., residente de la Ciudad de Buenos Aires, contra la empresa Medicus S.A. para obtener la cobertura asistencial de una operación de "by pass" gástrico laparoscópico.
La prepaga se había opuesto porque esa prestación no está prevista en el Plan Médico Obligatorio (PMO) -que las empresas están obligadas a observar- ni en el contrato de afiliación que suscribió C.
Además, según la empresa, la mujer no cumple con uno de los requisitos de inclusión para ese tipo de cirugía, porque supera los 65 años.
La Sala III de la Cámara evaluó que, tras la entrada en vigencia de la ley 26.396 quedaron incorporadas en el PMO la "cobertura del tratamiento integral de los trastornos alimentarios".
El tribunal recordó, además, que con la resolución 742/09 el Ministerio de Salud de la Nación incorporó al PMO un conjunto de "prestaciones básicas esenciales", entre las que está incluído el "by pass gástrico", para la cobertura de la obesidad.
"El mantenimiento de la medida dictada es la solución que, de acuerdo con lo indicado por los médicos tratantes, mejor se corresponde con la naturaleza del derecho cuya protección cautelar se pretende”. (Télam)
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