La Suprema Corte de Justicia de Uruguay ratificó este viernes la sentencia a 25 años de cárcel para el ex dictador Gregorio Alvarez y a 20 años al ex marino Juan Carlos Larcebau por 37 y 29 homicidios "muy especialmente agravados", respectivamente, durante la dictadura militar, entre 1973 y 1985.
Los crímenes se enmarcan en las desapariciones forzadas de uruguayos que fueron trasladados desde Argentina en 1978 por el Plan Cóndor que coordinó las dictaduras del Cono Sur.
El fallo avala la posición por la cual sobre los delitos
perpetrados por Alvarez y Larcebeau no operó la prescripción de
los crímenes, en virtud de la "peligrosidad" de ambos imputados
y ante "la gravedad ontológica del delito" cometido.
La sentencia ratifica la tipificación de los crímenes de la
dictadura como "homicidio muy especialmente agravado" y descarta
la imputación del delito de "desaparición forzada" promovido por
la Fiscalía, dado que esa figura no existía cuando se cometieron
los crímenes.
El juez Luis Charles dictó sentencia en primera instancia
contra Alvarez y Larcebau, en prisión desde 2007, el 22 de
octubre de 2009.
Los delitos por el cual fueron juzgados quedaron excluidos de
la Ley de Caducidad, que desde 1986 da impunidad a militares y
policías que violaron los derechos humanos durante la dictadura.
Alvarez, de 85 años y que ocupó la presidencia entre 1981 y 1985, es el único ex dictador sobreviviente, tras la muerte el 17 de julio de Juan María Bordaberry, quien dio el golpe de Estado el 27 de junio de 1973.
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