La Disposición 2.246/2011 (Edificio seguro. Elementos de protección personal contra incendios) de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires publicada en el Boletín Oficial el pasado 26 de julio, en su artículo 1° establece que todos los edificios de la CABA deberán contar con elementos de protección personal contra incendios, específicamente con máscaras de escape y protección respiratoria, en número suficiente para cubrir la necesidad eventual de los encargados de edificios y todos los que presten servicios en ellos y que ante la eventualidad de un incendio contribuyan a la protección del personal del edificio.
El INTI hace saber a la población, especialmente a aquellas que residan en edificios, que el uso de las máscaras que actualmente se encuentran en el mercado argentino y que se presentan como elementos de seguridad, comercializadas bajo el nombre de máscaras de evacuación antihumo, resulta inapropiado y genera riesgos adicionales a los que se pretende evitar (dificultando o impidiendo la permanencia o salida de un recinto siniestrado).
Este tipo de máscaras para uso no profesional, son elementos con precarias e insuficientes evaluaciones técnicas que permitan respaldar su utilización, no habiendo demostrado el cumplimiento de requerimientos básicos de la prestación que deben cumplir según procedimientos normalizados (que incluyen ensayos de estanqueidad y capacidad de filtro). Por este motivo, el INTI recomendó a mediados del año 2010 suspender su comercialización.
Cualquier habitante o personal que preste servicio en un edificio (encargados, guardias de seguridad, auxiliares) deben tener a su disposición medios de salida adecuadamente diseñados y protegidos de manera tal que, en caso de generarse un incendio y tener que realizar una evacuación, no requieran la utilización de ningún elemento de protección personal.
Por otra parte, vemos con preocupación que se especule con la posibilidad de exponer a los encargados y trabajadores de los edificios a cumplir un rol (de auxilio y rescate) para el cual no están ni capacitados ni entrenados y que está restringido a los servicios profesionales (bomberos y rescatistas) que utilizan equipamiento profesional.
El INTI informa que ha recomendado a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reconsidere la entrada en vigencia de la Disposición en cuestión y se profundice el análisis técnico de la problemática, para que ésta y futuras medidas tomadas en materia de seguridad permitan realmente velar por la seguridad de los habitantes.
Todos los derechos reservados Copyright 2007
Terminos y usos del sitio
Directorio Web de Argentina
Secciones
Portada del diario | Ediciones Anteriores | Deportes | Economia | Opinion|Policiales
Contactos
Publicidad en el diario | Redacción | Cartas al director| Staff