El 17 de junio por la tarde desde el Servicio Penitenciario realizaron visita de rutina a la casa de Roberto Albornoz, condenado a perpetua, pero no fueron atendidos. De esta manera, la fiscalía y abogados de la querella pidieron que se quite el beneficio de la domiciliaria. Sin embargo los jueces consideraron que no existen pruebas suficientes para la revocación. Albornoz dijo que su timbre no funciona.
Un caso similar ocurrió a fines de mayo del 2010 cuando se desarrollaba el juicio oral por el Caso Jefatura. Testigos aseguraron que vieron al “tuerto” Albornoz (uno de los imputados), condenado a perpetua por innumerables delitos de lesa humanidad, un sábado en el supermercado de Alem al 200. El Tribunal, encabezado por Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas, realizó una visita a la residencia del genocida, incluso declaró en audiencia el custodio de la Federal que controlaba que Albornoz cumpla la domiciliaria. Conclusión, los jueces determinaron que no salió.
Ahora, otra vez hay una denuncia similar que terminó con la misma resolución. El 17 de julio del 2011 la licenciada Noelia Lorena Tapia, Trabajadora Social del Patronato de Liberados de la Penitenciaria realizó una visita de rutina a la casa de Albornoz y pese a tocar las manos en repetidas ocasiones, nunca fue atendida.
Esto generó el descontento del fiscal Leopoldo Peralta Palma, quien junto a los abogados querellantes, Emilio Guagnini y Bernardo Lobo Bougeau, solicitaron a los jueces federales Jiménez Montilla y Casas que revoquen el beneficio de la domiciliaria (otorgada por la Cámara de Apelaciones hasta que la sentencia quede firme. Albornoz fue sentenciado a perpetua en cárcel común).
Al respecto Albornoz manifestó ante los magistrados que el timbre no funciona y como la visita fue alrededor de las 18, seguramente estaba tomando la merienda. Además, los custodios declararon que no hubo novedad ese día. Por lo tanto los jueces consideraron no hacer lugar a la solicitud de revocación, porque “las presentes actuaciones no permiten fehacientemente afirmar que el imputado no haya estado presente al momento de realizar la visita de control”.
Sebastián Ganzburg
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