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11/05/2011 - Locales

Conflicto del cospel: empresario responsabiliza a TRAPASA

El gerente de ByV Transportes - Línea 19, Miguel Fernando Villagra envió una nota al presidente del Concejo Deliberante capitlino, Ramón Santiago Cano, en la cual responsabiliza a la empresa TRAPASA por el conflicto generado en torno a la falta de cospeles y la incomodidad a la que se somete al público pasajero.

Según el empresario del transporte la decisión de la Dirección de Transporte de la Municipalidad capitalina, de hacer efectiva la ordenanza contemplada en el decreto 2.363/SG/05, sobre la obligatoriedad del uso del cospel en el pago del boleto de transporte, causó serios incovenientes a los usuarios.

"Aún en la época en la cual el cospel costaba $ 1.80 (un peso con ochenta), los usuarios pagaban con dinero, por lo general con billetes de $2.00 (dos pesos), accediendo incluso a perder el vuelto de 20 centavos; es decir que el uso y la costumbre de abonar con dinero en efectivo se fue imponiendo a través del tiempo, desatendiendo la conveniencia de que era más redituable comprar cospeles, enfatiza Villagra.E l último ajuste tarifario vino a ordenar este malestar que sufría el pasajero, al perder la diferencia originada en el vuelto, ratificando la costumbre por encima de la norma emitida. Esta fue una instancia propicia para hacer efectiva la norma, sin embargo nada se hizo al respecto", contínúa.

El empresario responsabiliza de esta situación a la distribuidora del cospel, TRAPASA S.A:, que fue creada el 21.10.1994, mediante expediente 1902/211-T-94, en la entonces Inspección General de Personas Jurídicas, y otorgada la concesión mediante ordenanza 2.158 del 17.05.1994. Asimismo, mediante ordenanza 3.273 del 10.10.02, el municipio renovó la prórroga de dicha concesión hasta el llamado de nueva licitación, es decir TRAPASA SA viene operando hace 17 años aproximadamente.

El su artículo 2 la ordenanza 2.158 especifica que el municipio encomienda a la sociedad operadora, integrada por todas las empresas de transporte urbano de pasajeros, salvo manifestación en contrario de las mismas, la distribución mayorista de cospeles y/o la implementación de un sistema de tarjetas magnéticas para el cobro del boleto urbano de pasajeros. Vale decir que TRAPASA SA podía manejar y mejorar el servicio con la implementación de la tarjeta magnética u otro método semejante, sin embargo no se hizo cargo de la mejora  de esta metodología de cobro, y dejó caer el sistema de cospel. Por otro lado, el municipio informó que fue licitado el servicio de tarjetas magnéticas y hubo un solo oferente, distinto a la empresa TRAPASA SA. Esta propuesta eliminará el cobro con cospel, creando reglas nuevas en el transporte urbano, por lo cual ya deberíamos estar trabajando todos los sectores involucrados en las campañas de comunicación y concientización de lo beneficioso del cambio que lleva impreso el nuevo sistema, y que se supone será aplicado en el transcurso del corriente año. Tampoco se cumple con el artículo 3º inciso c, respecto de la cantidad de bocas de expendio, indicación de lugares y horarios de venta.

TRAPASA SA, como sociedad operadora, está autorizada a funcionar por la ordenanza, y todas las empresas prestadoras del servicio de pasajeros deberían participar de la misma, debiendo renunciar en forma expresa quienes no deseaban formar parte. En su constitución eran 13 (trece) las asociadas. Por la crisis del transporte público que comenzó en los “90”, haciéndose patente en 2.000, desapareciendo 9 (nueve) empresas constituyentes, quedando sólo 4 (cuatro) originarias concesionando TRAPASA SA. Por otro lado, en 2003, el municipio permitió que ingresara al transporte público la línea 19, es decir que de las 14 líneas concesionadas en la Capital, TRAPASA SA está en manos de sólo 4 (cuatro) empresas que representan a igual cantidad de líneas urbanas, manejando el sistema de cospel y violando de esta manera el espíritu de la norma respecto de la responsabilidad y manejo del sistema. Debo acotar que, siendo titular de la empresa B y V Transportes, concesionaria de la línea 19, jamás fui invitado a integrar esta sociedad, ignorándose así los alcances de la ordenanza 2.158 y su propio estatuto, agrega Villagra.

"TRAPASA SA ha perdido la legitimidad para operar el sistema, ya que no cumple con el requisito de la norma que motivó su creación, en el sentido de que todo el transporte público sea responsable del sistema, y no una minoría", finaliza Miguel Villagra.,

 

 

 

 

 


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