Por pedido del interbloque de Proyecto Sur, el proyecto de ley de medicina prepaga tiene un pedido de preferencia para ser tratado la próxima sesión en la Cámara baja. La iniciativa tiene la media sanción del Senado y está lista para ser tratada en comisión.
El diputado del SI, Eduardo Macaluse, pidió el pedido de preferencia para tratar en la próxima sesión el proyecto de ley de medicina prepaga, lo que fue aprobado por la Cámara baja.
Al respecto, Macaluse dijo: “No es la mejor ley y no me gustan los cambios que se hicieron en el Senado, pero hay que aprobar una ley de Prepagas”.
Cabe recordar que el Senado aprobó en noviembre de 2010 el proyecto que regula la medicina prepaga, la cual había sido aprobada en 2008 en Diputados -fue impulsado allí por la ex legisladora y actual embajadora argentina en México, Patricia Vaca Narvaja.
La iniciativa expresa que el Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación. No obstante estará encargada, en cuanto a la “relación de consumo” y a la “defensa de la competencia”, la Secretaría de Comercio, algo no compartido por el ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, que expuso sobre el tema la semana pasada en un plenario realizado en la Cámara alta.
Por otra parte, el proyecto establece que las empresas están obligadas a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad.
La iniciativa también deja en claro que la edad no puede ser utilizada como criterio de rechazo al momento de realizar la admisión, mientras que a los mayores de 65 años, con al menos diez años de antigüedad, no se les podrá aumentar la cuota.
Finalmente, el proyecto prevé que los contratos de prestaciones necesitarán ser autorizados por el Ministerio de Salud, y los usuarios podrán rescindirlo en cualquier momento, sin limitación alguna.
Los cambios modificados en relación con la sanción original
- Artículo 1: se sacó la parte que incluía en el objeto de la ley a los "planes de adhesión voluntaria que comercialicen las cooperativas y mutuales, asociaciones civiles y fundaciones". Ahora dirá que "la presente ley tiene por objeto establecer el régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga, los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS) contemplados en las leyes 23.660 y 23.661. Quedan excluidas las obras sociales sindicales, cooperativas y mutuales, asociaciones civiles y fundaciones".
- Artículo 22: se eliminó. Hablaba sobre las reservas técnicas.
- Artículo 25: en el inciso b, se elevó el valor de la multa. Por pedido de la senadora salteña Sonia Escudero, el importe mínimo será de tres cuotas, y el máximo no podrá pasar el 30 por ciento de la facturación del ejercicio anterior.
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