La Dirección de Catastro y Edificación Municipal recuerda a los propietarios, empresas de publicidad y anunciantes, que únicamente está permitida la instalación de carteles publicitarios en inmuebles con uso comercial que exhiban a la vía pública solamente la actividad que se desarrolla en los mismos y los productos que allí se comercializan. Los elementos instalados en forma antirreglamentaria deberán ser retirados, según lo disponen las Ordenanzas 2.114/94 y 4.008/08.
En caso de infringir las normativas serán retirados por la Municipalidad con constatación de la falta y cargo de los costos al propietario del inmueble.
Todos los derechos reservados Copyright 2007
Terminos y usos del sitio
Directorio Web de Argentina
Secciones
Portada del diario | Ediciones Anteriores | Deportes | Economia | Opinion|Policiales
Contactos
Publicidad en el diario | Redacción | Cartas al director| Staff