El Gobierno Nacional creó la "Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género", que asesorará a las autoridades en el establecimiento de sanciones de los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres
La Resolución 120/2011, publicada ayer en el Boletín Oficial, lleva la firma del ministro de Justicia, Julio Alak. Dicha comisión estará integrada por representantes de las distintas áreas involucradas a nivel nacional, provincial y municipal, de los ámbitos universitarios, sindicales, empresariales, religiosos, las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y otras de la sociedad civil con competencia en la materia.
La Comisión desarrollará tareas de asesoramiento que resulte necesario para la implementación de la Ley Nº 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres” y conforme la normativa nacional e internacional.
Apuntará a que se profundicen la lucha contra la violencia de género mediante el establecimiento de sanciones de los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres.
Además implementará, conjuntamente con otros organismos nacionales, provinciales, municipales, organizaciones no gubernamentales, las tareas vinculadas con la elaboración de normas referidas a la sanción de la violencia de género.
En los fundamentos recuerda que es competencia del Ministerio de Justicia la de entender en la formulación y aplicación de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos humanos.
En tal sentido señala que la Argentina, en la reforma de la
Constitución Nacional del año 1994, ha incorporado la jerarquía
supralegal de los tratados y concordatos, asumiendo compromisos
internacionales en particular la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer, aprobada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 18 de diciembre de 1979, y ratificada en la República
Argentina por Ley Nacional Nº 23.179, sancionada el 8 de mayo de 1985.
Además por la Convención Interamericana para Prevenir, sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”,
suscripta en el año 1994 y aprobada por Ley Nº 24.632, los gobiernos de
los países americanos, incluyendo la Argentina, acordaron que la
violencia contra la
mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades
fundamentales y se comprometieron a adoptar, por todos los medios
apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar
y erradicar dicha violencia.
Por tal razón el Estado Nacional sancionó el 11 de marzo de 2009, la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Nº 26.485).
Dicha norma establece entre sus preceptos rectores, que los tres poderes del Estado, tanto del ámbito nacional como provincial, deben adoptar las medidas necesarias para promover la sanción de quienes ejercen violencia contra las mujeres.
Por tal razón se crea la Comisión Nacional, con el fin de fortalecer la intervención pública en la materia, su coordinación y la cooperación entre todas las áreas de la Administración Pública Nacional, como así también convocar a representantes de los Gobiernos Provinciales y Municipales y a expertos nacionales e internacionales.
Todos los derechos reservados Copyright 2007
Terminos y usos del sitio
Directorio Web de Argentina
Secciones
Portada del diario | Ediciones Anteriores | Deportes | Economia | Opinion|Policiales
Contactos
Publicidad en el diario | Redacción | Cartas al director| Staff