La Diputada Stella Maris Córdoba prestó juramento como nueva integrante del Consejo Asesor de la Magistratura de la Nación ante el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti. Anticipó que su compromiso “es aportar a la construcción de una Justicia democrática, equitativa y transparente".
La ceremonia se llevó a cabo el mediodía del viernes en el Patio de Honor del Palacio de Justicia, en Talcahuano 550, de la Capital Federal en la que asumieron los representantes de los jueces Ricardo Recondo, Mario Fera y Alejandro Sánchez Freytes; de los abogados Alejandro Fargosi y Daniel Ostropolsky y de los académicos, Manuel Urriza. Por los senadores oficialistas lo hicieron Ada Iturrez de Capellini y Marcelo Fuentes, mientras que por el radicalismo en la cámara Alta asumió Mario Cimadevilla.
Los diputados Stella Maris Córdoba y Carlos “Cuto” Moreno, del Frente para la Victoria y el radical Oscar Aguad hicieon lo propio por la cámara de Diputados. El Poder Ejecutivo, en tanto, renovó su representación a cargo del secretario de Justicia, Héctor Masquelet.
Córdoba, quien asumirá formalmente sus funciones el miércoles 17, anticipó que su compromiso “es aportar a la construcción de una Justicia democrática, equitativa y transparente. Una justicia democrática con acceso para todos”.
“Para ello, debemos establecer una agenda compartida entre la política, la academia, los legisladores y los magistrados para definir junto con la sociedad qué clase de administración de Justicia propiciaremos”, agregó.
La diputada del Frente Para la Victoria hizo votos para que “el Poder Judicial se constituya en un servicio público universal destinado a salvaguardar los valores de nuestra Democracia y a garantizar los derechos de todas las personas”.
Consejo de la Magistratura
El Consejo de la Magistratura es un órgano permanente del Poder Judicial de la Nación, incorporado a la Carta Magna mediante la reforma constitucional realizada en el año 1994, y se encuentra regulado por la Ley 24.937 (t.o. por Decreto 816/1999), norma esta última que fue reformada parcialmente por la Ley 26.080 (t.o. por Decreto 207/2006).
Las atribuciones del Cuerpo han sido establecidas por el art. 114 de la Constitución Nacional, en los siguientes términos:
“El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.”
“El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultante de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley.”
“Serán sus atribuciones:
1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.
2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.
3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.
4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.
6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.”
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