El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó, a través del decreto 1225/2010 publicado hoy en el Boletín Oficial, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada por el Congreso Nacional el 10 de octubre del año pasado, y de esta forma comenzó a regir desde esta mañana.
Con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y del
jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, la reglamentación consigna que
fueron tomadas en cuenta opiniones y propuestas expresadas por la
ciudadanía durante el plazo de quince días establecido por la aplicación
de un mecanismo participativo para la elaboración de normas.
En
su artículo segundo, el decreto faculta a la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual a "dictar las normas
complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por
el presente decreto".
En tanto, el artículo tercero indica que
"el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el
Boletín Oficial", es decir que comenzó a regir desde esta mañana.
"La
Ley 26.522 busca garantizar la libertad de expresión en todas sus
modalidades, promoviendo el más amplio pluralismo y diversidad de las
manifestaciones que pudieran existir en la sociedad argentina", señalan
los considerandos de la norma, que a la vez afirma que "estos objetivos
se verían frustrados de no corregirse las situaciones preexistentes".
Por
otro lado, la reglamentación del artículo 161 de la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual dispone que "la Autoridad de Aplicación
establecerá los mecanismos de transición a los fines de adecuar la
situación de la totalidad de los licenciatarios a lo dispuesto en la Ley
26.522".
En este sentido, el decreto publicado hoy diferencia
tres modalidades para esta adecuación: la voluntaria, la constatación de
oficio y la adecuación por transferencia de licencias.
Por medio
de la adecuación voluntaria, se posibilitará que los titulares de
licencias que no cumplan con los requisitos establecidos por la Ley de
Servicios de Comunicación Audiovisual, y que las personas jurídicas con
una cantidad mayor de licencias o una composición societaria diferentes a
las permitidas, puedan "iniciar el trámite de adecuación mediante
declaración jurada".
En tanto, según la reglamentación, en la
"constatación de oficio", la Autoridad de Aplicación "podrá proceder a
constatar de oficio la efectiva adecuación a las disposiciones del
artículo 161 de la Ley 26.522 por parte de la totalidad de los
licenciatarios".
En relación a la "adecuación por transferencia
de licencias", el decreto divide entre "voluntarias" o "de oficio", que
se emplearán en caso de que los titulares de las licencias no dieran
cumplimiento a las disposiciones de la Ley y su reglamentación.
En
este sentido, en los considerandos, el Ejecutivo señala que, "si una
posición dominante en el marcado de bienes y servicios es en sí misma
contraproducente y contraria al establecimiento de las reglas de una
economía de mercado" y a una "dinámica eficiente", esa situación es
"particularmente grave" cuando el predominio se da en los medios de
comunicación.
De hecho, afirma que, en ese caso, se ven afectados
"los valores más elementales de una sociedad democrática, que se nutre
del derecho a la información, a una concepción de una comunicación más
plural, a la libertad de expresión, al pluralismo informativo, a la
multiplicidad de fuentes de información, y a las distintas
manifestaciones de las diversidades culturales y sociales".
Por
otro lado, el Poder Ejecutivo facultó a la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual a que convoque a quienes poseen
medidas judiciales "en virtud de procesos derivados de controversias
sobre la adjudicación, instalación y explotación de licencias" a
resolver los diferendos, "en cuanto sea pertinente, mediante la
suscripción de un convenio transaccional que deberá ser homologado
judicialmente".
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