La Cámara Alta dio media sanción y envió a Diputados una iniciativa promovida por el senador porteño por el Frente para la Victoria, Daniel Filmus, que impone la obligación de informar de manera clara y completa a los consumidores acerca de los términos de las garantías.
La iniciativa amplía la protección de los derechos e intereses de los consumidores e incorpora el sistema de garantía extendida a la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor.
Al respecto Filmus señaló que "las garantías extendidas que generalmente
se ofrecen en el mercado comercializador se basan en un contrato de
seguro entre partes, que prácticamente carece de regulación y normativa
al respecto".
"Cabe aclarar -dijo- que en muy pocos casos la
garantía extendida tiene el respaldo del fabricante. Esta última
situación hace que la forma en que se comercializa el sistema pueda
adquirir (hay denuncias de consumidores al respecto) aristas bastante
engañosas".
El proyecto impulsado por Filmus establece que
cuando se convenga una garantía por un plazo mayor al ofrecido
originalmente por el fabricante o el importador, comercializada bajo el
nombre de garantía extendida o similar, la misma tendrá vigencia a
partir de la fecha de vencimiento de la garantía, ya que se ha
comprobado que en muchos casos se comienza a pagar el seguro con un año
de anticipación al momento en que el mismo debería entrar en vigencia.
Por
otro lado, el proyecto de ley modifica el artículo 12 de la Ley de
Defensa del Consumidor, en lo que hace a las obligaciones de los
fabricantes, comercializadores e importadores de bienes de consumo
durable referidas al suministro de repuestos y servicio técnico, los
cuales deberán estar garantizados mientras se fabriquen y comercialicen
esos bienes.
En primer término, el proyecto otorga la
posibilidad a usuarios y consumidores de rescindir contratos celebrados
con proveedores a través de un telegrama gratuito.
Por otro
lado, se establecen reglas sobre extensión de garantías, para que los
compradores de artículos eléctricos conozcan quién es el responsable de
la garantía, su extensión y su costo.
Asimismo, el proyecto establece la obligatoriedad de los responsables de la reparación de artefactos de contar con repuestos.
Finalmente,
se establece la prohibición a las líneas aéreas de esgrimirse en
tratados internacionales para rechazar reclamos de pasajeros por la
cancelación de vuelos u otras situaciones similares.
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