El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán leerá los fundamentos de la condena a prisión perpetua impuesta a los represores Luciano Benjamín Menéndez y Roberto "El Tuerto” Albornoz, por haber cometido delitos de lesa humanidad en perjuicio de 22 personas.
A las 9.30, los vocales del tribunal, Carlos Jiménez Montilla, Gabriel Casas y Josefina Curi, detallarán las razones que el 8 de julio los llevó a disponer que, en el caso de Albornoz, inmediatamente fuera detenido en la cárcel de Villa Urquiza.
En el caso de Menéndez, los magistrados lo declararon autor mediato de violación de domicilio en reiteradas ocasiones, en concurso con los de privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos agravados (en este caso, en perjuicio de 17 personas).
Asimismo, los jueces encontraron al ex titular del Tercer Cuerpo de Ejército (del que dependía la V Brigada de Infantería de Tucumán) responsable de los delitos de tortura seguida de muerte (en perjuicio de dos personas) y homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad, en desmedro de 19 víctimas, hechos ilícitos que fueron calificados de "lesa humanidad”.
A Albornoz, ex jefe del Servicio Confidencial de Inteligencia (Sic) de la Policía, los jueces lo calificaron como coautor material, penalmente responsable, de los delitos de violación de domicilio y privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de cuatro personas.
También lo condenaron por la comisión de los delitos de imposición de tormentos agravados en perjuicio de 17 personas; torturas seguidas de muerte, en desmedro de otras dos, y homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad, en perjuicio de 20 personas, hechos ilícitos que también fueron calificados como delitos de lesa humanidad.
Respecto del ex policía Luis de Cándido, el tribunal le impuso 18 años de prisión, con la consiguiente detención en la cárcel de Villa Urquiza, mientras que a su hermano, Carlos de Cándido, le aplicaron la pena de tres años de prisión (sujeta a ejecución condicional) debido a haber usurpado el inmueble que era de propiedad de Rolando Coronel, víctima del terrorismo de Estado, hecho que también fue calificado como delito de lesa humanidad.
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