El Juzgado Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz instruyó el fin de semana el embargo de bienes de la compañía de transporte aérea AEROSUR, en respuesta a un proceso ejecutivo que fue interpuesto por el banco en liquidación BANCOSUR.
El Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales, confirmó que el 25 de mayo de 2010 el Juzgado falló sobre el proceso, declarando probada la demanda ejecutiva con lugar al remate de los bienes hipotecados, embargados o por embargarse para que con el producto del remate se cubra la suma adeudada de dos millones trescientos sesenta y un mil dólares contra AEROSUR, representada legalmente por Humberto Roca Leigue.
La sentencia hace mención que, a partir de un préstamo
de dinero con garantía hipotecaria, la Compañía Boliviana de Transporte
Aéreo privado Sociedad Anónima, se obligó a pagar la deuda en el plazo
de cinco años, disponiendo la garantía de un avión de propiedad de
Servicio Aéreo Ejecutivo SAE, modelo L-410 UVPE-20B y que habiendo
incumplido el pago de dicha deuda, el órgano judicial correspondiente,
según lo establecido en el Código Civil, declaro su pronta ejecución.
La parte resolutiva de la sentencia mencionada señala lo siguiente:
"El suscrito Juez Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de la Ciudad Capital Santa Cruz de la Sierra, en primera instancia falla: declarando probada la demanda ejecutiva de fojas 98 a 101 del proceso, interpuesta por el BANCOSUR en liquidación, representado actualmente por la interventora liquidadora, Sandra Kettels Vaca; improbadas las excepciones planteadas por los ejecutados Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado AEROSUR Sociedad Anónima de fojas, 118 a 120, representada por Humberto Roca Leigue; improbadas las excepciones opuestas por la Empresa Servicio Aéreo Ejecutivo Sae SRL. de fojas 126 a 127 vuelta, representada por Jorge Córdova Serrudo y Carlos Gonzales Weisse; y probada la excepción de impersonería en el demandado, interpuesta por Jorge Córdova Serrudo saliente a fojas 130 y vuelta, con lugar al remate de los bienes hipotecados, embargados o por embargarse para que con el producto del remate, se cubra la suma adeudada por el ejecutado Empresa AEROSUR SA, representada legalmente por Humberto Roca Leigue de dos millones trescientos sesenta y un mil dólares cincuenta un uno dólares ($us 2.361.151.-) más intereses y costas.
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