La Secretaría de Comercio Interior dispuso que las empresas de televisión paga se sometan a una fórmula para determinar el valor del abono que deberán cobrar a sus clientes.
Fue a partir de una resolución conocida ayer en la que se sostiene que la medida "no vulnera los derechos de propiedad" sino que se "limita" a "defender los derechos de los usuarios".
Así, con la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 50/2010, las compañías deberán justificar el precio de sus servicios tomando en cuenta una decena de parámetros establecidos en la normativa y presentar los resultados para su posterior aval en la Dirección de Lealtad Comercial, entre el 8 y el 22 de marzo.
La resolución, que lleva la firma de Guillermo Moreno, advierte en uno de sus considerandos que "diversas publicaciones efectuadas en medios periodísticos, permiten comprobar una distorsión en los precios del mercado televisivo que debe ser corregido".
En ese marco, sostiene que la Secretaría de Comercio Interior "tomará los recaudos que sean menester en el marco de su competencia" y "procederá a ejecutar el mecanismo que se aprueba, a los efectos de establecer en relación a la comercialización de televisión paga, un precio igualitario al que deberán ajustarse todas las operaciones relacionadas a dicho consumo".
Además, la dependencia gubernamental destaca que "el interés nacional que implica la tutela de la información como servicio de relevancia social, debe conducir a la adopción de políticas de Estado a efectos de lograr la satisfacción del mismo".
También, pone énfasis en que "la discrecionalidad en la fijación del precio opera como un mecanismo de exclusión de los usuarios".
Para calcular el abono, las empresas deberán detallar varios ítems, entre ellos capital empleado, monto de inversión necesaria para mantener el servicio, gasto de mantenimiento de red, etcétera.
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