El directorio del Banco Central "se notificó" ayer en la tarde de los decretos dispuestos por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y resolvió "dar cumplimiento a la apertura de dos cuentas a nombre del Tesoro".
Ell directorio del BCRA tomó la decisión tras recibir "dictamen positivo" del área jurídica de la entidad respecto al tema y explicaron que el paso siguiente será la concreción del depósito en las cuentas abiertas para tal fin.
De este modo la autoridad monetaria dio curso a lo establecido por la
jefa de Estado, mediante dos nuevos decretos que dispusieron el pago
con recursos de las reservas de los vencimientos de la deuda pública
correspondientes a este año.
La Presidenta anunció, al inaugurar ayer un nuevo período de sesiones ordinarias del Congreso de
la Nación, que derogó el decreto 2010, de creación del Fondo del
Bicentenario, "porque el grado de judicialización alcanzado había
desnaturalizado absolutamente las facultades que son propias del Poder
Legislativo y del Poder Ejecutivo".
También dispuso la
afectación de 4.382 millones de dólares de las reservas de libre
disponibilidad, a través de un nuevo Fondo para el Desendeudamiento
Argentino (FDA), creado mediante un decreto de necesidad y urgencia,
para el pago a acreedores particulares.
A la vez, se conformó
una Comisión Bicameral integrada por ocho senadores y ocho diputados,
"para que sigan, vigilen y controlen cada uno de los pagos que se
efectivizan con esas reservas", explicó la mandataria.
En forma
simultánea, a través de un decreto simple, se dispuso destinar 2.187
millones de dólares para saldar compromisos con organismos
multilaterales de crédito.
Estos pagos se sustentan en la ley de
2005 que permitió el uso de reservas monetarias para saldar la deuda
que se mantenía con el Fondo Monetario Internacional.
El decreto
de necesidad y urgencia 298 crea el FDA para cancelar los servicios de
deudas con tenedores privados, correspondientes al ejercicio fiscal
2010, "con la finalidad de la disminución del costo financiero por
ahorro en el pago de intereses", según indica en su artículo 1.
La norma establece que el fondo será administrado por el Ministerio de Economía, que deberá dictar la reglamentación pertinente.
El
BCRA, que transfirió las reservas de libre disponibilidad, recibirá en
contraprestación un instrumento de deuda emitido por el Tesoro
Nacional, agrega el decreto en su artículo 3.
Este documento
consiste en una letra intransferible denominada en dólares, a 10 años
de plazo con amortización íntegra al vencimiento.
La letra del
Tesoro devengará una tasa de interés igual al que devenguen las
reservas internacionales del Central para el mismo período y hasta un
máximo de la tasa LIBOR anual, menos un punto porcentual, mientras los
intereses se cancelarán semestralmente.
La comisión bicameral de
seguimiento, en tanto, se compondrá con 16 legisladores designados por
los presidentes del Senado y Diputados, "a propuesta de los bloques
parlamentarios, respetando la proporción de las representaciones
políticas".
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