Luego de un pedido de Andhes (Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales) a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ésta le pidió al PEN que informe sobre la situación de los Pueblos Indígenas de Tucumán.
El pedido de Andhes se basó en "la amenaza actual e inminente al goce y disfrute de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la propiedad y a la protección judicial".
El Estado argentino deberá responder ante la Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre "las medidas que se han tomado para responder a los presuntos actos de agresión denunciados por los solicitantes (Andhes) a miembros de las Comunidades India Quilmes, El Nogalito, Chuschagasta, Valle de Tafí, Diaguita El Mollar, La Angostura, Casas Viejas, Diaguitas de Anfama, Amaicha del Valle y Tolombón de la provincia de Tucumán, Argentina, o para prevenir la realización de desalojos en las comunidades denunciadas"; pero además, deberá informar a la CIDH sobre "la implementación de la ley 26.160; si tal normativa prohíbe los desalojos de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas del país; y qué medidas se han adoptado para formalizar la titulación de las Comunidades".
El escrito, presentado hace dos semanas, aclara que la información solicitada se realiza "sin prejuzgar sobre la posible apertura de un trámite de medidas cautelares".
La solicitud
El 16 noviembre del año pasado, andhes -en representación de diez comunidades indígenas de la provincia- acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a fin de que solicite al Estado Argentino la inmediata adopción de medidas cautelares con el objeto de proteger derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
El
pedido se basó en "la amenaza actual e inminente al goce y disfrute de los
derechos a la vida, a la integridad personal, a la propiedad y a la protección
judicial (artículos 4, 5, 21 y 25 de la CADH) de las comunidades y personas
mencionadas, cuya protección y garantía es responsabilidad del Estado
Argentino", reza el escrito firmado por Darío Abdala, Director Ejecutivo
de andhes.
Según indicaron desde la organización de Derechos Humanos, "esta medida se
solicita en el marco de diferentes atentados contra las comunidades; el más
grave, el sucedido el último 12 de octubre, un día de una enorme significación
para los pueblos indígenas de todo el continente americano".
El ataque no fue un hecho aislado, sino "la última manifestación de un
proceso que debe rastrearse en los intentos por despojar a las Comunidades de
sus tierras ancestrales, frente a una actitud estatal que desconoce las
obligaciones asumidas para su especial protección a pesar de todos los intentos
de las Comunidades y sus defensores y defensoras", según puede leerse en
la solicitud de las Medidas Cautelares presentadas ante la CIDH.
Además de múltiples amenazas, a un evidente proceso de criminalización de la
protesta indígena desatado como respuesta a los intentos de las Comunidades por
defender colectivamente sus derechos y al hostigamiento judicial a los que se
ven sometidos, se están produciendo con respecto a las Comunidades
peticionantes desalojos masivos.
Violación de la ley 26160
"Desde hace algún tiempo, pero especialmente desde mediados de 2009 cuando
comenzó la implementación en la Provincia de Tucumán de la Ley Nacional N°
26.160, las Comunidades han sufrido una serie de desalojos violentos (e
intentos de desalojos) ordenados por diversas autoridades judiciales del Estado
provincial", plantea el escrito.
Cabe recordar que a comienzos de Noviembre de 2006, el Congreso de la Nación
Argentina había aprobado la Ley Nº 26.160 declarando la "Emergencia en
materia de posesión y propiedad de las tierras de las comunidades indígenas
originarias del país".
La norma ordena la suspensión de la ejecución de sentencias, actos procesales o
administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que
tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país. Esta
"prohibición de desalojo" es por un período de 4 años mientras el
Estado.
Es necesario indicar que las tareas de relevamiento ordenadas por la Ley N°
26.160 comenzaron a nivel nacional por Tucumán (con casi tres años de demora)
recién a mediados de 2009, por lo que el período de relevamiento se prorrogo
hasta el 2013.
Desde andhes plantearon que "el comienzo de los relevamientos alertó a los
terceros con pretensiones sobre las tierras de las Comunidades, que
reaccionaron violentamente, tanto a nivel judicial (promoviendo e influyendo
para lograr desalojos a pesar de la ley) como a través de la ilegalidad de las
amenazas y presiones".
Lo que se solicita
Para la fundación, pese a los reiterados pedidos de las Comunidades en este
sentido (y de la legalidad vigente) el Estado argentino no llevó adelante las
acciones razonablemente necesarias para evitar los ataques contra las
comunidades. Por el contrario, las acciones en perjuicio de las comunidades
contaron con el apoyo directo de un amplio sector del Poder Judicial y las
policías locales, y la indiferencia de los poderes ejecutivos local y federal.
Por ello, "es urgente que la CIDH solicite a la Argentina la adopción de
medidas cautelares para evitar que las víctimas y demás habitantes de las
Comunidades continúen siendo expuestos a daños irreparables para su vida,
integridad personal y derecho comunitario a la propiedad e identidad
cultural", indicaron desde andhes.
En este sentido, solicitaron la "adopción por parte del Estado Argentino,
en un plazo no mayor a 15 días, de medidas orientadas a garantizar la vida e
integridad personal de las personas pertenecientes a las Comunidades
peticionantes y a garantizar la vida e integridad personal de los Caciques y
los y las Miembros de los Consejos indígenas de las Comunidades peticionantes
en su carácter de tales y de defensores de derechos humanos de sus
comunidades".
También recalcaron la necesidad de que la Argentina, de manera inmediata,
"decida las medidas adecuadas y efectivas necesarias para proteger los
derechos a la vida, la propiedad y la protección judicial de las Comunidades y
sus miembros, garantizando la suspensión de todo acto o medida que implique el
desalojo de las comunidades indígenas peticionantes de sus territorios, al
menos hasta que se presente el informe final del relevamiento técnico
territorial iniciado en cumplimiento de la Ley N° 26.160".
Finalmente, pidieron "medidas adecuadas y efectivas para proteger los
derechos a la vida, la propiedad y la protección judicial de las Comunidades y
sus miembros, garantizando la suspensión de todo acto o medida que implique el
desalojo de las comunidades indígenas peticionantes de sus territorios, al
menos hasta que se presente el informe final del relevamiento técnico
territorial iniciado en cumplimiento de la Ley N° 26.160".
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