La Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de amparo que la provincia de San Luis presentó contra la utilización de reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para el pago de deuda pública.
La Corte, sin expedirse sobre la validez del decreto 2010/09, que creó el Fondo del Bicentenario, sostuvo que la provincia carece de interés propio o directo en la causa y que, en este caso, no está legitimada para actuar en representación de sus ciudadanos.
La Corte tampoco se pronunció, porque San Luis no lo planteó, sobre la
validez constitucional de la ley actual sobre los decretos de necesidad
y urgencia (DNU).
El máximo tribunal, por unanimidad, destacó
que los "invocados intereses de los habitantes de la provincia" que San
Luis aseguró defender al impugnar la norma presidencial, no la
autorizan, según la Constitución Nacional, a intervenir en nombre del
pueblo.
"Sino, las provincias podrían reclamar cualquier cosa en
nombre de los ciudadanos", señaló un allegado a la Corte, quien agregó
que "en todo caso, tendrían que llevar la cuestión al tratamiento
legislativo, a través de sus representantes en el Congreso".
El
presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena
Highton, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay
recordaron que el artículo 43 de la Constitución solo legitima a los
afectados directos, al defensor del pueblo y las asociaciones que
propenden a la defensa de intereses colectivos.
La cuestión
"formal" sobre la "falta de legitimación activa" había sido mencionada
por el Estado Nacional al responder el pedido de informes requerido por
la Corte luego que la Procuración General de la Nación opinara que el
máximo tribunal debía intervenir por su competencia originaria en la
materia.
San Luis había objetado que el DNU 2010/09, que afectó
6.569 millones de dólares para el pago de deuda pública, fue dictado un
mes después de que el Congreso aprobó el presupuesto nacional para 2010
y que el tema del uso de las reservas no haya pasado por las cámaras
legislativas.
En su informe el Estado Nacional manifestó que los
gobernadores no pueden bloquear o interferir en las leyes del Congreso
o en los decretos del Poder Ejecutivo Nacional (PEN).
La
provincia había expuesto que la afectación de las reservas del BCRA
impactaba sobre sus intereses como estado provincial y que se debía
aceptar su legitimación para actuar para asegurar la observancia de los
términos bajo los cuales participa en el sistema federal.
La
Corte expresó que San Luis, al igual que el resto de las provincias,
"ha delegado en el Gobierno Central el ejercicio de facultades y, en
ese marco, no puede reconocérsele la potestad de ejercer un control
pormenorizado del ejercicio de aquellas por parte de la Nación, sin un
interés directo claramente demostrado".
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