La Cámara en lo Contencioso Administrativo modificó el viernes la medida cautelar dictada por la jueza María José Sarmiento, y dispuso que el Poder Ejecutivo no puede designar un presidente del BCRA con "caracter definitivo" hasta que no se expida el Congreso, por lo que constitucionalistas consideran que Redrado queda suspendido en el cargo.
Además, la Cámara mantuvo firme el fallo cautelar de Sarmiento que impide al gobierno utilizar las reservas para conformar el Fondo del Bicentenario, al rechazar una apelación efectuada por el oficialismo.
Las camaristas Clara Do Pico y Marta Herrera afirmaron que
luego que la presidenta Cristina Fernández diera intervención al
Congreso "deben aguardarse las alternativas propias del juego de los
poderes legislativo y ejecutivo que determinarán la permanencia o
desplazamiento" de titular del Banco Central.
En su fallo, las
camaristas reemplazaron la medida cautelar de Sarmiento que impedía
remover a Redrado y dispusieron que el Poder
Ejecutivo no puede
nombrar "con carácter definitivo" al nuevo presidente del BCRA "hasta
tanto se cumplimente con la participación legislativa dispuesta por el
artículo 9 de la ley 24.144".
Agregaron que "desde tal
perspectiva, este tribunal considera que se ha desdibujado la
verosimilitud del derecho" evaluada por Sarmiento y "deben aguardarse
las alternativas propias del juego de los poderes legislativo y
ejecutivo que determinarán en definitiva la permanencia o el
desplazamiento del presidente del Banco Central sin óbice jurídico".
Por
su parte, y tras darse a conocer el fallo, Redrado emitió un comunicado
en el que anuncia que la sentencia "ha ratificado” su derecho a "no ser
removido” sin el procedimiento de convocar a la comisión bicameral.
Además
dice que la Cámara reconoce "que el cambio de circunstancias motivado
por el compromiso público de `sanear` el acto asumido por la Presidenta
modifican el escenario del proceso cautelar” y que "resulta evidente
que la voluntad de sanear del DNU 18/2010 implica la existencia de
defectos legales en el decreto de remoción. Sólo puede sanearse aquello
que tiene vicios”.
En tanto, el constitucionalista Felix Loñ
opinó en diálogo con Télam que "las camaristas han reducido la medida
cautelar (de la jueza María Sarmiento) a que no se puede designar un
reemplazante definitivo. Se ha atenuado porque cambió la situación, al
pedir la Presidenta la opinión del Congreso”.
"La Cámara dice
que se desdibujó la verosimilitud del derecho evaluada por la
magistrada, por lo que (Redrado) no puede seguir en el cargo pero
tampoco se puede nombrar un reemplazante definitivo, así que el
transitorio sería (el vicepresidente del BCRA) Miguel Pesce”, añadió.
Por
su parte, otro especialista en derecho constitucional, Eduardo
Barcesat, coincidió en que el removido titular del Central "no puede
seguir pero tampoco el Ejecutivo puede nombrar un nuevo presidente
definitivo”, subrayó.
"Incluso si Redrado hiciera un recurso de
interposición a la Corte Suprema por su situación, eso no suspende la
ejecutoria de la Cámara, así que tiene que irse a la casa”, enfatizó, y
señaló que "la Presidenta tenía facultades para el primer decreto
porque el tema del consejo (del Congreso) no es vinculante”.
También
se pronunció al respecto el jefe del bloque del Pro en Diputados,
Federico Pinedo, dijo que "a partir hoy Redrado no debería ir al Banco
Central a ejercer su función".
"Para mí, haciendo abstracción de toda la terminología legal" Redrado "está suspendido" y "no puede ejercer su cargo, expresó ellegislador por la Capital en diálogo con Radio Mitre.
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