La Secretaría de Energía de la Nación, notificó ayer a las prestatarias del servicio de electricidad, de la suspensión de las tarifas aplicadas hasta este momento y la aplicación de un nuevo régimen tarifario.
El Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), y la Secretaría de Energía de la Nación, resolvieron hoy la instrumentación de la restitución de los subsidios en las facturas de gas y de luz que llegaron a los domicilios con aumento, cumpliendo de esta manera con lo anunciado por el Ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.
Las resoluciones ya fueron comunicadas a las distribuidoras para
que se efectivicen las refacturaciones correspondientes, retrotrayendo
los valores al mes de julio del 2008 en un cien por ciento y para los
meses de agosto y septiembre, en un 70 por ciento.
En lo que
hace al gas, el ENARGAS detalla en su resolución que la medida "tendrá
vigencia a partir del 1º de mayo de 2009 y será de aplicación a los
consumos de gas natural que se verifiquen durante el período
comprendido entre el 1ø de mayo y el 30 de setiembre de 2009".
Ratifica
por otra parte "en todos sus términos el contenido y alcance de la
Orden Regulatoria que, en materia de exclusiones a la aplicación del
cargo del Decreto 2067/08, fuera dictada por esta Autoridad Regulatoria
con fecha 05 de agosto de 2009".
Sostiene que "las
Licenciatarias del Servicio Público de Distribución deberán comunicar y
hacer cumplir la presente Resolución a todas las Subdistribuidoras de
gas natural que operan en su área licenciada".
Establece que
el ENARGAS "comenzará de inmediato" las Auditorías pertinentes para
controlar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución y "el debido
proceso de facturación y refacturación derivado de la instrumentación
de esta medida".
Por su parte la Secretaría de Energía de la
Nación, en la resolución dada a conocer hoy, determina la aplicación,
durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 31 de julio de
2009, de los precios de referencia de la Energía en el Mercado,
indicados en el artículo 5 de la resolución de la Secretaría de Energía
1169 del 31 de octubre del 2008, para toda demanda eléctrica de
carácter residencial, que no alcance los 10 kilovatios.
Se
establece la aplicación, durante el período comprendido entre el 1 de
agosto y el 30 de septiembre de los siguientes valores para usuarios
residenciales:
Para los que tienen un consumo bimestral superior a 1.000 kilovatio por hora, pero que no supere los 1.400 kilovatios por hora:
En horas pico: $ 25,50 por megavatio/hora.
En horas restantes: $ 25 por megavatio/hora.
En horas de valle: $ 23,50 por megavatio/hora.
Para los tienen un consumo superior a los 1.400 kilovatios por hora, pero inferior a los 2.800 kilovatios por hora:
En horas pico: $ 34,20 por megavatio/hora.
En horas restantes: $ 33,70 por megavatio/hora.
En horas de valle: $ 32,20 por megavatio/hora.
Para los tienen un consumo superior a los 2.800 kilovatios por hora:
En horas pico: $ 52,20 por megavatio/hora.
En
lo que hace a las facturas emitidas y no cobradas, las distribuidoras y
subdistribuidoras deberán informar a los clientes su anulación en un
plazo que no supere los 3 días corridos. Explica que esas facturas
volverán a ser emitidas "con la aplicación de manera inmediata de la
bonificación del 100%.
Con relación a los consumos de agosto
y, en el caso de que ya hayan sido facturados, "serán bonificados del
cargo en un 70%, así como de existir consumos anteriores al mes de
junio (atentos a los procesos de lectura de consumos realizados por
cada una de las distribuidoras y subdistribuidoras) formarán parte de
la refacturación.
En cuanto a las facturas emitidas y
cobradas, "las distribuidoras y subdistribuidoras deberán instrumentar
los medios necesarios, a fin de reintegrar en la primera factura por
emitir, el importe cobrado".
Y en los casos en que la suma
originada como crédito supere el importe total de la factura por
emitir, la bonificación se afectará al resto de los conceptos
facturados y la diferencia resultante a favor del usuario se imputará
en las futuras facturas por emitirse, con igual criterio y hasta su
devolución total.
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