El Defensor del Pueblo, Jorge García Mena ante la necesidad de adoptar medidas de prevención para evitar la propagación de virus H1N1 (influenza A) dispuso, suspender de manera excepcional la exigencia de los requisitos establecidos 1º y 2º de la Resolución Nº 363/955-DP-05(SG) del 26 de Mayo de 2005 para el cobro del Adicional Remunerativo en concepto de compensación por presentismo, para aquellos que justifiquen, con certificado medico, las inasistencias que se produzcan entre el 30 de junio y el 31 de julio del corriente año, como consecuencia de estar afectados por síndromes gripales o similares.
Además todo empleado de la Defensoria que durante la jornada de trabajo, que manifiesten síntomas gripales, podrán retirarse de la Institución con la obligación de presentar posteriormente el certificado medico.
Con esta resolución firmada el 30 de Junio por el Defensor del Pueblote Tucumán, dichos empleados no perderán el presentismo.
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