De esa manera, dejó firmes las condenas de reclusión perpetua contra los dos ex dictadores por delitos de lesa humanidad y quedaron sin efecto las resoluciones expedidas durante el gobierno de Carlos Menem.
El máximo tribunal penal del país aclaró expresamente que en el caso de Massera la condena sigue vigente más allá de que el ex almirante fue declarado "incapaz" en otras causas abiertas en su contra, donde está procesado con prisión preventiva.
La Cámara Nacional de Casación confirmó la inconstitucionalidad de los
indultos otorgados durante el menemismo a los ex dictadores Jorge
Rafael Videla y Emilio Massera, quienes deberán seguir cumpliendo las
penas a reclusión perpetua recibidas en el juicio a las Juntas
Militares de la última dictadura.
El tribunal se basó en fallos
anteriores de la Corte Suprema de Justicia que sentaron jurisprudencia
a la hora de establecer la imposibilidad de otorgar el indulto
presidencial en casos de delitos de lesa humanidad, según el fallo al
que accedió Télam.
"Surge clara la imposibilidad sostenida por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación de dictar indultos sobre
hechos calificados como delitos de lesa humanidad", sostuvo la sala II
de Casación en el fallo al que accedió Télam.
El máximo tribunal
penal del país aclaró expresamente que en el caso de Massera la condena
sigue vigente más allá de que el ex almirante fue declarado "incapaz"
en otras causas abiertas en su contra, donde está procesado con prisión
preventiva.
En todo caso, de ocurrir lo mismo en la llamada
"causa 13", la pena podrá completarse en un "establecimiento especial,
médico psiquiátrico" que designe el juzgado de Ejecución penal
encargado de hacer cumplir las condenas.
Los camaristas
rechazaron los recursos presentados luego que la Cámara Federal porteña
dictó la inconstitucionalidad del decreto 2741 mediante el cual en 1990
el ex presidente Carlos Menem indultó a Videla y Massera, condenados en
el juicio a las Juntas Militares de la última dictadura.
A los
ex dictadores sólo les quedaría ahora recurrir a la Corte Suprema de
Justicia, pero el máximo tribunal del país ya sentó precedente en
fallos anteriores al advertir que no puede haber indultos en causas por
delitos de lesa humanidad, imprescriptibles.
"Los indultos
dispuestos entre otros, a favor de Videla y Massera entraron en
colisión al momento de su dictado con el ordenamiento jurídico entonces
vigente", consideraron los camaristas Guillermo Yacobucci, Luis Garcia
y Eduardo Riggi.
Por ello "desde ese mismo momento carecieron de
validez para imponerse", pese a que en un fallo dictado por la Corte
Suprema en su antigua composición se los consideró válidos, aclaró
Casación.
El fallo se basó en jurisprudencia de la actual Corte
que fijó la inconstitucionalidad de indultos en causas por delitos de
lesa humanidad, como el caso "Mazzeo" y además en pactos
internacionales a los que el país adhirió de manera vinculante en la
reforma constitucional de 1994- "Del análisis efectuado surge clara la
imposibilidad sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
de dictar indultos sobre hechos calificados como delitos de lesa
humanidad", sostuvo el fallo.
La causa será remitida ahora a un
juzgado de Ejecución penal para que se instrumente la manera en que
ambos continuarán cumpliendo la pena a perpetua impuesta en el juicio a
las juntas en 1984.
Videla, de más de 80 años, cumple prisión
preventiva con procesamientos confirmados en otras causas por delitos
de lesa humanidad reabiertas tras la anulación parlamentaria de las
leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
Actualmente está
alojado en el instituto Carcelario de Campo de Mayo, luego que el juez
federal Norberto Oyarbide le revocó el beneficio de la prisión
domiciliaria en el marco de las causas por robo de bebés en la
dictadura y el secuestro de los empresarios Gutheim.
Massera
permanece en su domicilio y según peritos que lo visitaron por orden
judicial tiene una incapacidad total para afrontar la defensa en
procesos en su contra, por lo cual las causas fueron suspendidas.
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