La venta de motos que no incluyan un casco quedó prohibida en la ciudad de La Rioja, mediante una ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante de esa capital, que alcanza a vehículos facturados en otra ciudad de la provincia.
La Ordenanza 4562 también obliga a los comercios y agencias de venta de motocicletas a entregar el vehículo sólo cuando esté iniciado el trámite de patentamiento a nombre del comprador.
La norma establece una multa de entre 1.000 a 3.000 pesos a los comercios o agencias que no cumplan con lo dispuesto con esta ordenanza.
Además estipula que toda compraventa de moto deberá incluir en el precio los gastos que demande su inscripción y patentamiento a nombre del adquiriente en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, y su alta ante la Dirección General de Rentas del Municipio capitalino.
El rodado solo podrá salir a circulación una vez que cuente con toda la documentación necesaria a tal efecto, a nombre del comprador.
La multa que se establece para los comercios que no cumplan con los trámites del patentamiento también será de entre 1.000 y 3.000 pesos.
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