La firma había apelado la resolución que establecía un mecanismo de monitoreo y control sobre las empresas del grupo y sus controlantes. Para la CNDC, esa normativa “se encuentra dentro de sus facultades para mantener el régimen de competencia en los mercados de telecomunicaciones”.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) rechazó este lunes un recurso de apelación presentado por Telecom Italia contra la resolución 43/09, dictada en marzo último, que estableció un mecanismo de monitoreo y control sobre las empresas del grupo y sus controlantes, se informó oficialmente.
A través de la citada resolución, la CNDC designó además dos veedores
observadores con el objetivo de "resguardar el interés económico
general" debido a que las empresas no informaron la instrumentación de
cambios societarios que sí fueron notificados en otros países.
"La
CNDC desestimó la apelación considerando que la resolución 43/09 no
causa gravamen irreparable a las empresas obligadas y que se encuentra
dentro de sus facultades para mantener el régimen de competencia en los
mercados de telecomunicaciones, vista la compleja operación por la cual
Telefónica de España tomó control de la compañía Telecom Italia
controlante en Argentina de Telecom Argentina y otras empresas del
sector", señaló el órgano de contralor a través de un comunicado de
prensa.
La Comisión señaló además que "existen precedentes en
la designación de veedores y que la resolución 43/09 es complementaria
de la 04/09. "La CNDC tiene a su cargo el resguardo del interés
económico general (...) dictando pronunciamientos frente a
circunstancias particulares y debiendo controlar el cumplimiento de la
resolución 04/09".
"Máxime -continúa- considerando que las
empresas que se encuentran bajo el control del grupo Telecom no
notificaron ni consultaron espontáneamente a esta CNDC los cambios
societarios operados en sus relaciones societarias y control", agregó
la entidad, tras confirmar que "hoy ingresó un recurso de apelación
presentado por Telecom Italia contra la resolución nø 44/09".
La
citada resolución, dictada el pasado 3 de abril, "reitera los términos
de la resolución número 4/09, en tanto exige a las empresas mencionadas
en la misma que debieron y deberán abstenerse de adoptar decisiones que
hayan involucrado o involucren en el futuro, directa o indirectamente,
el ejercicio de derechos políticos -exclusivamente-, o decidir, o
conferir instrucciones para el ejercicio de los derechos políticos,
incluidos los que surjan de acuerdos de accionistas en las empresas que
se mencionan".
Telecom Italia, en su presentación ante la
justicia, sostuvo que la decisión de la CNDC constituye "una violación
de todos los principios constitucionales en materia de protección de la
propiedad", según informó la empresa
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