Las personas condenadas por delitos contra la identidad sexual no podrán conducir vehículos de transporte de pasajeros en Andalgalá, según una ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de esa localidad catamarqueña ubicada 200 kilómetros al oeste de la capital provincial.
La norma está fundamentada en el notable incremento de los delitos en contra de la integridad sexual y, aunque hace mención a todo el transporte de pasajeros, apunta particularmente a evitar que los condenados por abusos conduzcan transportes escolares.
El texto de la ordenanza pone especial énfasis en esto pues "en la mayoría de los casos los más expuestos y vulnerables -a los abusos- son los niños y niñas, y sobre todo porque los perjuicios ocasionados por este tipo de delitos causan un irreparable daño moral, físico y psicológico" a sus víctimas.
Si bien la prohibición alcanza a los condenados con sentencia en firme, para quienes ya tengan carné y hayan sido imputados de algún delito de abuso sexual la normativa prevé la suspensión excepcional temporaria y preventiva inmediata de la licencia.
La medida "no debe entenderse como un acto discriminatorio ante la presunción de una culpabilidad, sino como una legítima prevención, preservación y protección de los niños, como seres más expuestos y vulnerables", indica la ordenanza sancionada por los concejales de Andalgalá.
La Dirección de Inspección General y de Tránsito será la autoridad de aplicación de la norma y exigirá los certificados de antecedentes a los solicitantes de registro, no obstante está previsto que paulatinamente implementen un registro local mediante un convenio con el ámbito policial y judicial. (Télam)
Todos los derechos reservados Copyright 2007
Terminos y usos del sitio
Directorio Web de Argentina
Secciones
Portada del diario | Ediciones Anteriores | Deportes | Economia | Opinion|Policiales
Contactos
Publicidad en el diario | Redacción | Cartas al director| Staff