La Sala I de la Cámara Federal dictó tres nuevas sentencias en las que consagra la inconstitucionalidad de la norma que castiga la tenencia de drogas para consumo personal, en distintas causas en las que sobreseyó a los imputados.
Las resoluciones, difundidas por el Centro de Información Judicial (CIJ), fueron suscriptas por los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah y en ellas los magistrados aclaran que la formación de las causas no afectan "el buen nombre y honor del que hubieren gozado" los imputados.
Los magistrados aseguraron que el apartado segundo del artículo 14 de la "ley de drogas", puede traducirse una "irrazonable restricción de la libertad personal y menoscabar el libre acceso del derecho a la salud".
El texto, cuya inconstitucionalidad dictaminaron los jueces, establece que "la pena será de un mes a dos años de prisión cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal".
Los camaristas basan su posición en normas constitucionales fundamentalmente el artículo 19 de la Carta Magna que establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".
La criminalización de esa
"acción privada" (el consumo sin la afectación
de terceros) violaría, además, lo establecido en la
Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales "entre
otras normas relativas al derecho a la salud contenidas en los pactos
internacionales de derechos humanos con jerarquía
constitucional"
dijeron los jueces. (Télam).
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