La medida también beneficia al ex capitán de navío Raúl Scheller y otros ocho marinos procesados por violaciones a los derechos humanos en la ESMA. La decisión, que se basó en el tiempo de detención sin sentencia de los acusados, "no se hará efectiva de manera inmediata” y la última palabra la tendrá el juez Torres.
Se agregan a la lista de beneficiados por la medida a Juan Carlos Rolón, Jorge Rádice, Raúl González, Ernesto Weber, Antonio Pernías, Víctor Cardo, Alberto González y Néstor Savio.
La Cámara Nacional de Casación Penal concedió la libertad a los ex
capitanes de navío Alfredo Astiz y Jorge "El tigre" Acosta y otra
decena de marinos procesados en la causa por violaciones a los derechos
humanos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última
dictadura militar.
Fuentes judiciales dijeron que la resolución
de la Sala II del tribunal, basada en el tiempo de detención sin
sentencia, "no se hará efectiva de manera inmediata" porque el juez
federal Sergio Torres, a cargo de esa causa, tendrá que fijar las
cauciones que previamente deben satisfacer quienes obtuvieron el
beneficio.
Además de Astiz y Acosta obtuvieron la excarcelación
los ex oficiales de la armada Raúl Scheller, Juan Carlos Rolón, Jorge
Rádice, Raúl González, Ernesto Weber, Antonio Pernías, Víctor Cardo,
Alberto González y Néstor Savio.
Quienes obtuvieron la
excarcelación se encuentran procesados por delitos como imposición de
tormentos, en forma reiterada, en concurso real con el delito de
privación ilegal de la libertad agravada en forma reiterada y en grado
de partícipes necesarios.
El fundamento de la Sala II de la
Cámara de Casación se vincula con los plazos establecidos por la ley
24.390 que fija un término máximo de dos años (prorrogable por uno más)
para las prisiones preventivas.
Hasta ahora los pedidos de los
defensores habían sido rechazados porque ante la nueva imputaciones de
hechos ilícitos, a los procesados se les ampliaba el procesamiento con
prisiones preventivas.
Los camaristas Wagner Mitchell, Guillermo
Yacobuccio y Luis García consideraron, en cambio, que los plazos se
debían computar desde el primer día de detención.
Con ese
criterio la Sala II de Casación concluyó que se había excedido los
plazos razonables de detención sin sentencia firme y dispuso el "cese"
de las respectivas prisiones preventivas.
Para que las
libertades se hagan efectivas, cada uno de los beneficiados con las
medidas deberá presentar una "caución personal" consistente en "tres
fiadores solventes que se comprometan patrimonialmente a responder en
caso de que los procesados dejen de estar a derecho", agregaron las
fuentes.
También la aceptación de un eventual recurso por parte
del fiscal Raúl Plee "frenaría" las excarcelaciones, analizó un
allegado a la causa que recordó que el artículo 4 de la ley 24.390
prevé que las oposiciones contra la resolución que otorga la libertad
al detenido, suspende la ejecución de la medida.
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