Un cajero de un supermercado bonaerense deberá ser indemnizado por su empleadora con 13.111 pesos más intereses, a raíz de las secuelas que sufrió tras dos asaltos a mano armada de los que fue objeto el local, los que -según las pericias- le provocaron una afección neurótica.
En un fallo de la Sala Octava de la Cámara Laboral al que accedió Télam, se relatan los episodios que padeció el trabajador el 20 de septiembre de 2003 y el 3 de junio de 2004, el primero de los cuales le causó una "reacción vivencial anormal neurótica grado II", que combatió con tratamiento médico especializado.
Una vez repuesto, volvió a prestar servicios en el supermercado, pero fue víctima del segundo robo, por lo que su dolencia reapareció, aunque el trabajador aclaró que se trató de "un nuevo hecho incapacitante" y no un "agravamiento" de un mismo accidente".
La empresa, en cambio, resolvió conservarle el puesto por considerar que se trataba de una recaída de la afección originaria, por lo que tras un intenso intercambio de misivas, el trabajador se consideró despedido, reclamando salarios caídos, multas y cargas laborales diversas.
"El período de conservación del puesto es un plazo de suspensión del contrato de trabajo, en el cual el trabajador no tiene derecho a percibir salarios. Se trata de una ausencia que es consecuencia de una enfermedad o accidente que no guarda vinculación con el trabajo, que no es lo que ha ocurrido aquí", señalaron los jueces.
Los camaristas Estela Ferreirós, Néstor Rodríguez Brunengo y Juan Carlos Morando, coincidieron en que "los hechos que incapacitaron al actor fueron `accidentes de trabajo'... No son enfermedades o accidentes inculpables".
La falta de pago de salarios por parte de la empresa al adoptar la postura de conservar el puesto del trabajador "constituyó un incumplimiento lo suficientemente grave e injuriante por lo que el despido decidido por el actor resultó legítimo y debe ser indemnizado", concluyeron los magistrados. (Télam)
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